Title: LOS RETOS A ENFRENTAR POR LA REFORMA AL ACCESO A LA INFORMACIN EN MXICO
1LOS RETOS A ENFRENTAR POR LA REFORMA AL ACCESO A
LA INFORMACIÓN EN MÉXICO
- ARMONIZACIÓN DE LA LEGISLACIÓN VIGENTE
- Dip. Luis Gustavo Parra Noriega
- Mayo 20, 2008.
2 ANTECEDENTES LEGISLATIVOS
Dictamen de las Comisiones Unidas de Puntos
Constitucionales y de la Función Pública de la
Cámara de Diputados, por el que se reforma el
artículo sexto de la CPEUM. 6 de marzo de 2007.
Ley Federal de Transparencia y Acceso a la
Información Pública Gubernamental. Publicada en
el D. O. F. el 6/06/06.
Iniciativa que reforma el artículo 6
constitucional el 19/12/ 06.
Publicación reformas al artículo 6º CPEUM en el
Diario Oficial Federación 21 de julio de 2007.
Dictamen de las Comisiones Unidas de Puntos
Constitucionales y de Estudios Legislativos,
Segunda de la Cámara de Senadores, respecto a la
Minuta Proyecto de Decreto que adiciona un
segundo párrafo con VII fracciones al artículo 6º
de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos. 24/04/2007.
Aprobación por parte de los Congresos de los
Estados.
3 Exposición de motivos del dictamen del
Artículo 6
- Se busca establecer un mínimo a nivel nacional
que haga congruente, coherente y no
contradictorio el ejercicio del derecho
fundamental de acceso a la información. - Establece las condiciones mínimas que aseguran el
derecho de toda persona a tener acceso a la
información pública. - La transparencia se extiende a todos los niveles
de gobierno federal, estatal y municipal
estableciendo obligaciones mínimas e iguales de
transparencia para ser cumplidas por todos los
niveles de gobiernos del país federal, estatal y
municipal. - Se confirma un principio democrático básico, que
consiste en que todo acto de gobierno debe estar
sujeto al escrutinio público. - Se precisan las bases operativas que deberán
contener las leyes en la materia para hacer del
derecho una realidad viable, efectiva y vigente. - La transparencia y el acceso a la información no
son posibles ni creíbles, si no se ejercen de
manera fácil, gratuita y rápida.
4 Art. 6º. Principios Fundamentales
- Fracción I. Principio de máxima publicidad Toda
la información en posesión de cualquier
autoridad, entidad, órgano y organismo federal,
estatal y municipal, es pública y sólo podrá ser
reservada temporalmente por razones de interés
público en los términos que fijen las leyes.
5 Retos en materia del principio de máxima
publicidad
- Atendiendo a la naturaleza jurídica de los
sujetos obligados, se deberán establecer
obligaciones específicas en materia de
transparencia para Poder Ejecutivo Poder
Legislativo Poder Judicial, y Órganos
Autónomos. - Máxima publicidad de la información gubernamental
en los sitios de internet. - Armonización y equilibrio entre el acceso a la
información y los datos personales. - Prueba de daño y prueba de interés público.
6 Art. 6º. Principios Fundamentales
- Fracción II. La información que se refiere a la
vida privada y los datos personales será
protegida en los términos y con las excepciones
que fijen las leyes. - Fracción III. Toda persona, sin necesidad de
acreditar interés alguno o justificar su
utilización, tendrá acceso gratuito a la
información pública, a sus datos personales o a
la rectificación de éstos.
7 Retos en materia de protección de la vida
privada y de los datos personales
- Unificación de los criterios y principios en
materia de protección de datos personales
promoviendo la homogeneidad entre las
legislaciones locales y la federal. - La ley deberá prever disposiciones que protejan
la vida privada y los datos personales. - Se deberán desarrollar los derechos de acceso,
rectificación, cancelación y oposición que
tutelan la protección de los datos personales.
8 Retos en materia de protección de la vida
privada y de los datos personales
- Reformas pendientes
- Reforma al Art. 16 CPEUM Con su aprobación se
garantizará la protección jurídica de los datos
personales.( Actualmente en el Senado) - Reforma al Art. 73 CPEUM Facultar al Congreso de
la Unión para legislar en materia de datos
personales en posesión de particulares.
(Iniciativa presentada por el Dip. Luis Gustavo
Parra Noriega el 27 de marzo de 2007, dictaminada
en sentido positivo por la C. de Diputados,
actualmente en el Senado).
9Art. 6º. Bases Operativas
- Fracción IV. Se establecerán mecanismos de acceso
a la información y procedimientos de revisión
expeditos. Estos procedimientos se sustanciarán
ante órganos u organismos especializados e
imparciales, y con autonomía operativa, de
gestión y de decisión.
10 Retos en materia de órganos garantes
- La reforma obliga a realizar modificaciones
relacionadas con los órganos garantes de los
poderes legislativo, judicial y los autónomos. - Características Especialización e
imparcialidad. - Autonomía Operativa, presupuestaria y de
decisión. - El reto será además, establecer las reglas de
integración de los órganos garantes de los
sujetos obligados distintos del Poder Ejecutivo
Federal, atendiendo a sus características
particulares, promoviendo su especialización e
imparcialidad. - Otro reto para la legislación en la materia será
discutir si habrá algún recurso en contra de las
resoluciones del IFAI.
11Art. 6º. Bases Operativas
- Fracción V. Los sujetos obligados deberán
preservar sus documentos en archivos
administrativos actualizados y publicarán a
través de los medios electrónicos disponibles, la
información completa y actualizada sobre sus
indicadores de gestión y el ejercicio de los
recursos públicos.
12 Retos en materia de archivos
- Reglas en materia de organización, conservación y
actualización de archivos administrativos. - Antecedentes Legislativos 1) Iniciativa de Ley
Federal de Archivos y reforma al artículo 27
LOAPF, presentada por el Dip. César Camacho
Quiroz y 2) Iniciativa de Ley Federal de
Archivos, presentada por los Dips. Ruth Zavaleta
Salgado y Carlos Madrazo Limón.
13 Retos en la transparencia de la gestión y
ejercicio de recursos públicos
- La ley deberá promover la transparencia a través
de la publicación en medios electrónicos de los
programas y los respectivos indicadores de
gestión. - Lo anterior permitirá evaluar los avances físico
financieros para cada una de las metas
establecidas así como el monto de los recursos
públicos federales asignados para su ejecución. - Actualmente el artículo 7 fracciones IX, X y XI
de la LFTAIPG así como el Reglamento de la
LFTAIPG en su artículo 19, establecen la
obligación de los sujetos obligados de informar
sobre el presupuesto asignado su ejecución los
resultados de auditorías al ejercicio
presupuestal de cada sujeto obligado así como de
el diseño, ejecución, montos asignados y
criterios de acceso a los programas de subsidio
y de los padrones de beneficiarios de los
programas sociales que establezca el PEF.
14Art. 6º. Bases operativas
- Fracción VI. Las leyes determinarán la manera en
que los sujetos obligados deberán hacer pública
la información relativa a los recursos públicos
que entreguen a personas físicas o morales.
15 Retos en materia de transparencia relativa a
los recursos públicos que se entreguen a personas
físicas o morales
- Adecuada y oportuna rendición de cuentas de los
sujetos obligados, a través de la publicación de
información sobre su gestión y el ejercicio de
los recursos federales de manera completa, veraz,
oportuna y comprensible. - Transparencia sobre los recursos públicos
entregados a partidos políticos, agrupaciones
políticas, sindicatos y organizaciones de la
sociedad civil así como en las concesiones,
licencias, permisos y autorizaciones. - Reformas al COFIPE, a la Ley de Entidades
Paraestatales en el caso de los fideicomisos que
cobran forma de institución, la Ley de
Instituciones de Crédito en el caso de los
fideicomisos bajo la forma de contratos o la Ley
de Fomento a las Actividades de Desarrollo Social
realizadas por Organizaciones Civiles. - Reglas claras y explícitas sobre los fideicomisos
en los que participan entidades públicas.
16Art. 6º. Bases Operativas
- Fracción Séptima. La inobservancia a las
disposiciones en materia de acceso a la
información pública será sancionada en los
términos que dispongan las leyes.
17Retos en materia de sanciones por el
incumplimiento de la ley.
- Inhibir prácticas dilatorias o evasivas, incluido
el desacato de las resoluciones de recursos de
revisión de los órganos garantes por parte de los
servidores públicos en el cumplimiento de la ley,
tanto en materia de acceso a la información como
tratándose de protección de datos personales. - Establecer causales de responsabilidad
administrativa. - Prever sanciones para evitar que existan leyes
imperfectas, cuyo incumplimiento no tiene
consecuencias.
18Temas a Debate
- Creación de una nueva ley en la materia.
- Órganos garantes en poderes Legislativo y
Judicial, así como de organismos constitucionales
autónomos. - Publicidad de los datos patrimoniales de los
servidores públicos. - Acceso a la información contenida en las
averiguaciones previas. - Inexistencia de información solicitada.
- Clasificación como información confidencial, de
los secretos fiscal, bancario, fiduciario e
industrial. - Recurso contra resoluciones del IFAI.