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HONDURAS Y LA INSTITUCIONALIDAD HISTORICA EN MATERIA MIGRATORIA ... El Fondo ser constituido por el Noventa por ciento (90%) de los valores ... – PowerPoint PPT presentation

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1
(No Transcript)
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HONDURAS Y LA INSTITUCIONALIDAD HISTORICA EN
MATERIA MIGRATORIA
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LEYES DE MIGRACION APLICADAS HISTORICAMENTE
  • Ley de Migración ( 1934 1945 )
  • Ley de Extranjería (1946 1953)
  • Ley de Extranjería e Identidad (1953 1970)
  • Ley de Población y Política Migratoria (1970
    2004)

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LEY DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA ACTUAL
  • Ley de Migración y Extranjería, Decreto No. 208
    del 12 de diciembre de 2003
  • Creación de la Dirección General de Migración y
    Extranjería (vigencia mayo del 2004)

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REFORMAS A LA LEY DE MIGRACION Y EXTRANJERÍA
PROYECTO 2007
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BENEFICIOS
  • 1. Conserva los principios de legalidad,
    solidaridad, equidad, justicia social, y el
    respeto a los derechos humanos de los migrantes,
    y se implementan los de transparencia y la
    rendición de cuentas en la gestión migratoria.
  • 2. Homologa aspectos legales con otras leyes
    Centroamericanas en cumplimiento de las
    declaraciones emanadas en las Cumbres
    Presidenciales y los objetivos del Proceso Puebla.

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BENEFICIOS
3. Reclasificación de las calidades migratorias
para extranjeros residentes. 4. Faculta a la
Dirección General para proponer al Presidente de
la República la Política Pública Migratoria. 5.
En base a lo establecido en las cumbres
presidenciales con respecto a la libre movilidad
la Ley se vuelve amplia, actualizada, flexible y
mas abierta que restrictiva.
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BENEFICIOS
6. Se autoriza a la Dirección General a
implementar mediante acuerdo, las características
de los documentos migratorios y de viaje. 7.
Autoriza a la Dirección General a resolver las
solicitudes de Residencia que antes era facultad
de la Secretaria de Gobernación y Justicia en
cumplimiento a los mandatos presidenciales con el
objetivo de homologar y estandarizar
procedimientos migratorios en la región.
9
BENEFICIOS
  • 8. Autoriza a la Dirección General a ordenar
    conforme a la Ley, la expulsión de extranjeros
    que hayan cometido infracción o delito en el
    país.
  • 9. Se contempla el delito de Trata y Tráfico de
    Personas, colaborando con las autoridades
    respectivas para reprimir el mismo.
  • 10. Se Implementa la carrera en servicios
    migratorios y de extranjería.

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BENEFICIOS
  • 11. Se establecen las condiciones de entrada,
    salida y permanencia de menores de edad titulares
    de un pasaporte no nacional e hijos de padre o
    madre hondureños por nacimiento
  • 12. Se autoriza a la Dirección General, Celebrar
    con organismos o instituciones nacionales y
    extranjeras, acuerdos de simplificación y
    facilitación migratoria
  • 13. Se autoriza a la Dirección General a
    Establecer acuerdos de homologación de
    procedimientos en materia migratoria en aras de
    fortalecer las iniciativas de integración
    regional, cuando corresponda .

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BENEFICIOS
14. Autorizar mediante acuerdo las
características de los documentos migratorios y
de viaje 15. Se actualizan los requisitos de
ingreso, salida, permanencia y retorno. 16.
Coadyuvar esfuerzos con otros Entes del Sector
público y privado para atender a las personas
víctimas del delito de Trata y tráfico de
personas. 17. Brindar atención especial al
migrante retornado para su reinserción social.
12
BENEFICIOS
18. En general Se amplia discrecionalmente el
número de atribuciones a la Dirección General en
lo referente al control migratorio, la
integración migratoria regional y los servicios
de extranjería que no estén atribuidas por ley a
otras autoridades o instituciones públicas.
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NUEVA ESTRUCTURA DE LA DGME
19. La Reforma a la Ley va dirigida además a
potencializar la actual estructura organizativa y
de funcionamiento de la Dirección General, a
efecto de dotarla de los mecanismos idóneos que
garanticen la eficiencia y transparencia en la
prestación de los servicios y en general de la
gestión migratoria como quehacer fundamental,
coadyuvando con ello a un mejor Sistema de
Seguridad Nacional en la materia.
14
NUEVA ESTRUCTURA DE LA DGME
  • 20. La Dirección General adquiere una nueva
    organización y estructura, convirtiéndola en un
    órgano desconcentrado del Poder Ejecutivo quien
    mantendrá sus relaciones con éste a través de la
    Secretaría de Estado en los Despachos de
    Gobernación y Justicia con patrimonio propio,
    independencia técnica, administrativa, financiera
    y presupuestaria

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NUEVA ESTRUCTURA DE LA DGME
  • 21. La Dirección General de Migración y
    Extranjería tendrá su propia organización interna
    que será establecida en el reglamento de la Ley.
    Dispondrá de un sistema especial de nomenclatura,
    clasificación y remuneración de cargos y
    regímenes propios de personal, disciplinario,
    contratación administrativa y de carrera
    migratoria para asegurar el cumplimiento de sus
    funciones.

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NUEVA ESTRUCTURA DE LA DGME
  • Se establece como presupuesto de la DGME un fondo
    especial, el cual tiene por objeto proporcionar
    la disponibilidad económica oportuna para el pago
    y contratación de servicios orientados
    exclusivamente al fortalecimiento institucional
    que le permita cumplir con sus obligaciones de
    emisión de documentos de viaje, atención al
    migrante retornado, control y seguridad
    migratoria a nivel nacional, regional e
    internacional, la atención de las victimas del
    delito de trata y tráfico de personas en
    coordinación con otros Entes del Sector público y
    privado.

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NUEVA ESTRUCTURA DE LA DGME
  • El Fondo será constituido por el Noventa por
    ciento (90) de los valores generados por la
    Dirección General de Migración y Extranjería en
    concepto del pago de tasas, derechos, multas y
    otros cargos por la prestación de servicios y la
    emisión de documentos migratorios.

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NUEVAS PROPUESTAS DE LEY
  • A la par de esta iniciativa de reforma a la Ley,
    actualmente se está socializando con diversos
    Organismos Públicos, Privados y ONGs la propuesta
    de Ley de Protección de los Hondureños Emigrantes
    y sus Familiares Propuesta que ya cuenta con el
    apoyo decidido de todos los sectores de la
    sociedad hondureña, a ese efecto se ha conformado
    EL Consejo Nacional de la Emigración (CNE) que a
    propuesto una estructura organizacional para
    implementar la ejecución de la ley una vez
    aprobada.

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MUCHAS GRACIAS
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