SISTEMA NACIONAL DEL ENDEUDAMIENTO PUBLICO GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES - PowerPoint PPT Presentation

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SISTEMA NACIONAL DEL ENDEUDAMIENTO PUBLICO GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES

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CONSEJO DE. MINISTROS. FUENTE. FINANCIERA. Solicita prioridad del Sector ... Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, deben dar cumplimiento a los l mites ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: SISTEMA NACIONAL DEL ENDEUDAMIENTO PUBLICO GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES


1
SISTEMA NACIONAL DEL ENDEUDAMIENTO PUBLICO
GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS Dirección
Nacional del Endeudamiento Público
Piura, Junio 2006
2
CONTENIDO
  • Administración Financiera del Sector Público.
  • Normatividad y ámbito de aplicación.
  • Principales conceptos relacionados con el
  • Endeudamiento Público.
  • Procedimientos para acceder al Financiamiento
  • con cargo a Endeudamiento.
  • Reglas Macrofiscales de cumplimiento por los
  • Gobiernos Regionales y Locales
  • El Fideicomiso como mecanismo de Garantías
  • y Contragarantía - Constitución de
    fideicomisos.
  • Sistema de Monitoreo
  • Módulo de Deuda

3
NORMATIVIDAD
  • Ley General del Sistema Nacional de
    Endeudamiento
  • Ley Anual de Endeudamiento del Sector Público
  • Ley Marco de la Administración Financiera del
    Sector
  • Público (SAFI)
  • Ley de Descentralización Fiscal
  • Ley de Bases de la Descentralización
  • Ley de Responsabilidad y Transparencia
    Fiscal-LRTF
  • Ley Orgánica de Gobiernos Regionales
  • Ley Orgánica de Municipalidades

4
Ley Marco de de Administración Financiera del
Sector Público SAFI - Ley N 28112
AF SISTEMAS
NORMAS
PRINCIPIOS
PROCEDIMIENTOS
  • TRANSPARENCIA
  • LEGALIDAD
  • EFICIENCIA
  • EFICACIA

PRINCIPIOS
5
Ley Marco de de Administración Financiera del
Sector Público SAFI - Ley N 28112
  • Objetivos de la Ley
  • Modernizar la administración financiera del
    Sector Público.
  • Registro y presentación de la información.
  • Registro Único de Información a través del SIAF.
  • Planeamiento, captación, asignación, ejecución,
    custodia, registro, control y evaluación de los
    fondos públicos.
  • Involucra a las entidades de todos los niveles de
    Gobierno (Nacional, Regional y Local).

6
IMPORTANCIA DE LA ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DEL
ESTADO
  • PLANIFICACIÓN
  • CAPTACIÓN
  • ASIGNACIÓN
  • EJECUCIÓN
  • REGISTRO
  • INFORMACIÓN
  • CONTROL

EFICIENTE GESTIÓN DE LOS RECURSOS FINANCIEROS DEL
ESTADO.
7
CARACTERÍSTICAS DE LA ADMINISTRACIÓN FINANCIERA
Constituida por Sistemas Nacionales Con
Facultades Competencias
Procedimientos y directivas
La Administración Financiera está constituida por
sistemas Sistemas Órgano rector 1.
PRESUPUESTO DNPP 2. TESORERÍA DNTP 3.
ENDEUDAMIENTO DNEP 4. CONTABILIDAD DNCP
8
DNEP - DIRECCIÓN NACIONAL DEL ENDEUDAMIENTO
PÚBLICO (DNEP) COMO ÓRGANO RECTOR
PRINCIPALES ATRIBUCIONES
  • Conducir la Programación, Concertación,
    Desembolso y Registro de las operaciones de
    endeudamiento, del Gobierno Nacional y de sus
    avales o garantías.
  • Registrar la Deuda de las entidades y organismos
    del sector público.
  • Atender el servicio de la deuda del Gobierno
    Nacional.
  • Desarrollar la Administración de Pasivos.
  • Actuar como agente financiero del Gobierno
    Nacional
  • Actuar en Fideicomisos derivados del
    endeudamiento.

9
PRINCIPALES CONCEPTOS RELACIONADOS CON EL
ENDEUDAMIENTO PÚBLICO
  • Endeudamiento
  • Operación de Endeudamiento Público Interno
  • Operación de Endeudamiento Público Externo
  • Operación de Administración de Deuda
  • Capacidad de Pago
  • Calificación Crediticia

10
Endeudamiento
  • Toda modalidad de préstamo sujeto a reembolso,
    con o sin garantía del Gobierno Nacional, que los
    Gobiernos Regionales y Locales, acuerden con
    personas naturales y jurídicas, domiciliadas o no
    en el país.
  • Comprende
  • Operaciones de endeudamiento externo, y
    Operaciones de endeudamiento interno.

11
Endeudamiento
  • Operaciones de mediano y largo plazo
  • Operaciones de corto plazo

gt 1 año
Según el período de repago
lt 1 año
Según la fuente de financiamiento
con y sin aval o garantía.
  • Operaciones de endeudamiento interno
  • Operaciones de endeudamiento externo

con aval o
garantía.
12
Endeudamiento Público Interno
Son operaciones de endeudamiento acordadas con
personas naturales o jurídicas domiciliadas en el
país.
  • Los GR y GL son autónomos para contratar
    operaciones de endeudamiento interno.
  • No requieren autorización del MEF, salvo en el
    caso que sea con el aval del Gobierno.
  • Deben cumplir con las normas de Responsabilidad y
    Transparencia Fiscal y la Ley de Bases de la
    Descentralización.

13
Endeudamiento Público Externo
Son operaciones de endeudamiento acordadas con
personas naturales o jurídicas NO domiciliadas en
el país.
  • Los GR y GL sólo podrán contratar endeudamiento
    externo con el aval del Gobierno Nacional y con
    sujeción a las leyes de endeudamiento vigentes.
  • La DNEP es la única entidad autorizada para
    evaluar y negociar operaciones de endeudamiento
    externo.

14
Operación de Administración de Deuda
Operación de administración de deuda.- Es aquella
operación que tiene por finalidad renegociar las
condiciones de la deuda pública. Como
son Refinanciación, reestructuración, prepagos,
conversión, intercambio o canje de deuda, etc.
15
CALIFICACIÓN CREDITICIA y CAPACIDAD DE PAGO
Calificación crediticia
Es la opinión sobre la capacidad y voluntad de
una entidad para cubrir puntualmente sus
obligaciones financieras. Dicha opinión es
emitida por una empresa independiente
(Calificadora de Riesgo) y se refiere al
desempeño financiero y económico de la entidad
calificada.
  • A la fecha se encuentran operando 4 calificadoras
    de riesgo en el país
  • ApoyoAsociados Internacionales S.A
  • Pacific Credit Rating-PCR
  • Equilibrium Clasificadora de Riesgo S.A.
  • ClassAsociados S.A

Capacidad de pago
Es la capacidad que tiene la Entidad para hacer
frente a sus compromisos financieros en forma
oportuna.
16
Financiamiento
Es la acción que emplea el Gobierno Regional y
Gobierno Local para captar recursos. El
financiamiento tiene como fuentes, el
endeudamiento externo e interno y los recursos
provenientes de las privatizaciones o
concesiones.
17
Procedimientos para acceder al Financiamiento con
cargo a Endeudamiento

18
ENDEUDAMIENTO EXTERNO
Por Ley Nº 28654, para el año 2006, se ha
autorizado al Gobierno Nacional a acordar o
garantizar operaciones de endeudamiento externo
hasta por un monto equivalente a US 908 millones
destinados a a) Sectores económicos y sociales
hasta US 628 millones. b) Defensa nacional y
orden interno hasta US 30 millones. c) Apoyo a
la Balanza de Pagos hasta US 250 millones.
19
ENDEUDAMIENTO EXTERNO
El GN podrá garantizar operaciones de
endeudamiento externo de los GR y GL por un monto
anual que en conjunto no superen la suma de US
200 millones.
A la fecha el único Gobierno Local que ha
obtenido préstamos externos es la Municipalidad
Metropolitana de Lima, con el Banco Mundial (US
45 millones) y el BID (US 45 millones) para el
Programa de Transporte Urbano de Lima
Metropolitana.
20
REQUISITOS PARA GESTIONAR LA GARANTÍA DEL
GOBIERNO NACIONAL PARA OPERACIONES DE
ENDEUDAMIENTO EXTERNO E INTERNO
  • Solicitud del Titular del sector con el
    informe técnico-económico favorable.
  • Los presidentes de los Gobiernos Regionales
    presentarán su solicitud acompañada del acta que
    dé cuenta de la aprobación del Consejo Regional
    por su parte los alcaldes de los Gobiernos
    Locales, presentarán su solicitud acompañada del
    acta que dé cuenta cuenta de la aprobación del
    Consejo Municipal.
  • Se adjuntará la opinión favorable del Sector
    vinculado al proyecto.

21
REQUISITOS PARA GESTIONAR LA GARANTÍA DEL
GOBIERNO NACIONAL PARA OPERACIONES DE
ENDEUDAMIENTO EXTERNO E INTERNO
  • Informe técnico- económico que incluya el
    análisis de la capacidad de pago de la entidad
    para atender el servicio de la deuda en gestión.
  • Para proyectos de inversión pública, presentar la
    declaratoria de viabilidad de acuerdo a la Ley Nº
    27293 - Sistema Nacional de Inversión Pública.
  • El proyecto de Contrato de Préstamo de la
    operación.

(Ver artículo 20º de la Ley 28563)
22
REQUISITOS PARA GESTIONAR LA GARANTÍA DEL
GOBIERNO NACIONAL PARA OPERACIONES DE
ENDEUDAMIENTO EXTERNO E INTERNO
Todo el expediente será presentado por la DNEP,
ante Contraloría General de la Republica, para la
obtención del Informe previo, esto es en caso de
endeudamiento externo o endeudamiento interno con
garantía del Gobierno cuando se trate de una
operación de endeudamiento Interno sin garantía,
éste deberá ser gestionado por la entidad
solicitante. La CGR emitirá el informe previo
dentro de los 5 días hábiles siguientes de
recibido el expediente.
Las Operaciones de Endeudamiento Externo y de
Endeudamiento Interno con garantía se aprueban
mediante DECRETO SUPREMO.
Las Operaciones de Endeudamiento Interno Sin
Garantía no requiere de DECRETO SUPREMO.
23
PROCESO DE CONCERTACIÓN DE OPERACIONES DE
ENDEUDAMIENTO Y SUS GARANTÍAS
4) Aprueba el inicio de las negociaciones
Solicita prioridad del Sector
1) Solicita inicio de Gestión de Endeudamiento
3) Solicita aprobación del C.M.
Ministerio Del Sector
CONSEJO DE MINISTROS
Gobierno Regional
MEF
D.S. Aprueba
7) Remite proyecto de D.S. que aprueba la
operación de crédito
Emite Informe Técnico de viabilidad del Proyecto
de Inversión
Solicita prioridad del Proyecto de Inversión
6) Emite informe y proyecto de D.S. de
financiamiento externo
Deriva documentos
DGPMSP MEF
2) Emite Informe de viabilidad del financiamiento
externo
FUENTE FINANCIERA
DNEP MEF
5) Inicia Negociaciones y concluye con el
contrato del Préstamo
24
ENDEUDAMIENTO INTERNO SIN GARANTIA DEL GOBIERNO
NACIONAL
Las operaciones de endeudamiento interno de los
Gobiernos Regionales o de los Gobiernos Locales,
sin garantía del Gobierno nacional, dejarán
expresa constancia de ello en el contrato
respectivo.
Ejemplos
La Municipalidad Provincial de Tumbes
(BANMAT)Banco de Materiales (D.U 134-2001) (BN)
Banco de la Nación PREBAM(Programa de
Equipamiento Básico Municipal)
La Municipalidad Provincial de Piura
(BANMAT)Banco de Materiales (D.U 134-2001)
PREBAM(Programa de Equipamiento Básico Municipal)
25
Reglas Macrofiscales de cumplimiento por los
Gobiernos Regionales y Locales
26
Reglas Macrofiscales Endeudamiento
La gestión de operaciones de endeudamiento
interno y externo por parte de los Gobiernos
Regionales y Gobiernos Locales, deben dar
cumplimiento a los límites establecidos en la Ley
de Responsabilidad y Transparencia fiscal, así
como la Ley de Descentralización Fiscal y la LOM
(Ley orgánica de Municipalidades Nº27972.
27
Reglas Macrofiscales Endeudamiento
  • Stock deuda total / ingresos ctes lt al 100
  • GR Servicio anual deuda / ingresos ctes. lt al
    25
  • Servicio anual deuda / ingresos ctes del año ant.
    no lt al 30
  • El promedio del resultado primario de los últimos
    3 años del GR o GL no podrá ser negativo.
  • Stock del total de la deuda contraída sin
    garantía / ingresos ctes. lt al 40. Modificado.
  • Servicio anual deuda contraída sin garantía /
    ingresos ctes. lt al 10
  • Regla de Endeudamiento de corto plazo, el
    servicio de deuda / ingresos corrientes del año
    anterior lt 10

28
Límites sobre el endeudamiento sin garantía del
Gobierno Nacional
Los ratios 5 y 6 han sido modificados por el
Gobierno con el objeto de permitir a los
Gobiernos Locales endeudarse para la adquisición
de maquinaria y equipo. Ratio 5 (modificado) La
relación anual entre el stock de la deuda
contraída sin garantía del Gobierno Nacional y
los ingresos corrientes anuales de los Gobiernos
Regionales y Locales no deberá ser superior al
40, excepto para los Gobiernos Locales que a
partir de la vigencia de la Ley1 contraigan
deudas por adquisición de maquinarias y equipos,
excluyendo automóviles y camionetas, en cuyo caso
dicha relación puede llegar a 45 y,
X
1 Art. 28º Ley Nº28572 Ley que modifica el artº28
de la DL 955
29
Límites sobre el endeudamiento sin garantía del
Gobierno Nacional
Ratio 6 (modificado) La relación del servicio
anual de la deuda contraída sin la garantía del
Gobierno Nacional (amortización e intereses)
respecto de los ingresos corrientes anuales
deberá ser hasta el 10, excepto para los
Gobiernos Locales que a partir de la vigencia de
la Ley1, contraigan deudas por adquisición de
maquinarias y equipos, excluyendo automóviles y
camionetas, en cuyo caso dicha relación puede
llegar a 25.
1 Art. 28º Ley Nº28572 Ley que modifica el artº28
de la DL 955
30
El Fideicomiso como Mecanismo de Garantía y
Contragarantía
31
Mecanismos deGarantía y Contragarantía
  • La finalidad de estos mecanismos es proteger al
    GN en su calidad de garante contra el riesgo de
    incumplimiento de un Gobierno Regional o Gobierno
    Local garantizado.
  • DNEP se encarga de determinar
  • - características básicas
  • - el monto
  • - formalizar su otorgamiento.
  • Sirve como facilitador de recursos al El Gobierno
    Regional o Local para el cumplimiento de sus
    compromisos.

32
Mecanismos deGarantía y Contragarantía
Fideicomiso El Fideicomiso Público es la
relación jurídica por la cual se transfieren
bienes, recursos y/o fondos públicos en
fideicomiso para la constitución de un patrimonio
fideicometido, de acuerdo al ordenamiento
legal. Efectuada la transferencia al
fideicomiso, los bienes, recursos y/o fondos
públicos no pierden dicha naturaleza.
33
Cómo se formaliza un fideicomiso
Se formaliza a través de un contrato mediante el
cual, el GR o GL como Fideicomitente encomendará
la administración de parte del flujo de sus
recursos (transferencias de GN, cuentas por
cobrar, tarifas, recaudación tributaria, etc) a
un Fiduciario (Entidad financiera) para que, de
acuerdo a un propósito determinado, lo administre
y transmita al Fideicomisario (contratista,
concesionario, acreedor u otro).
El GR o GL
Banco
Beneficiario
34
FideicomisoPago y Garantía
  • El Gobierno Regional o Local transfiere a un
    fiduciario parte del flujo de sus recursos.
  • Se constituye un patrimonio autónomo cuyo destino
    es atender el servicio de la deuda contraída por
    el Gobierno Regional o Local.
  • El fiduciario paga, administra y constituye
    reservas con los remanentes.
  • Cubre el riesgo de incumplimiento (contragarantía
    o garantía)

35
Fideicomisos
Regalías Mineras FOCAM FONCOR CANON SOBRECANON
Constitución de fideicomisos cuando el Gobierno
Nacional otorgue su aval o garantía en una
operación de endeudamiento.
Los Gobiernos Regionales y Locales pueden
utilizar los recursos provenientes de las
regalías mineras, FOCAM, FONCOR, Canon y
sobrecanon en la constitución de Fideicomisos
destinados a atender
a) El pago de compromisos financieros, firmes y
contingentes, acordados por los Gobiernos
Regionales y Gobiernos Locales en el marco de
procesos de promoción de la inversión privada y
de concesiones y que cuenten con el aval del
Gobierno Nacional.
36
Constitución de fideicomisos
b) El servicio de la deuda derivada de las
operaciones de endeudamiento que tales gobiernos
acuerden con el aval del Gobiernos Nacional o
que este último haya acordado y trasladado
mediante Convenio de Traspaso de Recursos,
destinadas a financiar proyectos de inversión
pública.
  • La constitución de fideicomisos debe contar con
    la opinión favorable de la DNEP

37
Constitución de fideicomisos sin garantía o aval
del Gobierno Nacional
38
Cuáles son las ventajas?
La confianza de su comunidad, proyectar una
imagen de transparencia y orden de su gestión,
dar seguridad que los proyectos que se inicien,
concluyan sin inconvenientes, con mayor
participación de proveedores en sus procesos de
selección y en consecuencia menores precios al
minimizarse el riesgo de pago.
39
Los Gobiernos Regionales y Locales deben
considerar primordialmente
40
1. Calificación Crediticia
Los Gobiernos Regionales o Locales que gestionen
operaciones de endeudamiento directas o
garantizadas, deben contar con un nivel de
calificación crediticia favorable extendida por
una empresa calificadora de riesgo, cuando el
monto del préstamo supere al establecido en la
Ley de Endeudamiento del Sector Público que se
aprueba anualmente. Para el año 2006, este monto
está referido a operaciones superiores a US 5
millones.
41
2. Destino del endeudamiento
  • Los recursos obtenidos por los GR y GL a través
    de operaciones de endeudamiento externo o interno
    se destinarán única y exclusivamente al
    financiamiento de proyectos de inversión pública
    que deberán ser aprobados, previamente, dentro
    del marco del SNIP y su reglamento1.
  • En ningún caso podrán destinarse dichos recursos
    al pago del gasto corriente.
  • Aprobar endeudamientos internos y externos,
    exclusivamente para obras y servicios públicos2.

1 Art.51º de la ley General del Sistema Nacional
de Endeudamiento. Ley Nº28563 y Art 25º LDF 2
Art.9º Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº27972
42
3. Endeudamiento de Corto Plazo
Los Gobiernos Regionales y Locales deberán
informar al Ministerio de Economía y Finanzas,
bajo la responsabilidad del Titular del Pliego,
dentro de los 15 días hábiles al vencimiento de
cada trimestre calendario el monto adeudado por
concepto de financiamiento de corto plazo al
cierre de dicho trimestre.
43
En el caso de las OPERACIONES DE
ENDEUDAMIENTO ACORDADAS POR UN GOBIERNO REGIONAL
O LOCAL que no cuenten con la garantía del
Gobierno Nacional, la negociación y ejecución
del contrato será de exclusiva responsabilidad de
la entidad contratante.
El Gobierno Nacional no reconocerá deudas
Contraídas por los Gobiernos Regionales y
Locales, salvo las debidamente garantizadas.
44
Sistema de Monitoreo del Endeudamiento de los GR
y GL
45
Sistema de Monitoreo del Endeudamiento de los GR
y GL
  • La DNEP es la encargada de registrar la deuda de
    las entidades y organismos del Sector Público.
  • El SIAF es el medio oficial para el registro,
    procesamiento y generación de información de la
    administración financiera.

46
Sistema de Monitoreo Endeudamiento de los GR y GL
  • Las operaciones de endeudamiento con garantía del
    GN son gestionadas y registradas en la DNEP.
  • Las operaciones de endeudamiento con recursos
    propios (sin garantíal) de mediano y largo plazo
    así como las de corto plazo NO son gestionadas a
    través de la DNEP, pero si se tienen que si
    existe la obligación de informar para su registro
    estadístico.

47
Sistema de Monitoreo Endeudamiento de los GR y GL
  • Incentiva buenas prácticas fiscales.
  • Efecto disciplinador del endeudamiento.
  • Sinceramiento de las finanzas de los Gobiernos
    Regionales y Locales de manera que se evidencie
    otros pasivos.

48
Otros Pasivos de los Gobiernos Regionales y
Locales
  • Otros pasivos de los GR y GL no generados por
    endeudamiento público
  • Sentencias judiciales
  • Obligaciones tributarias
  • Remuneraciones
  • Provisiones por beneficios sociales
  • Obligaciones de carácter previsional
  • Obligaciones por suministro de servicios
    públicos
  • Obligaciones de corto plazo con proveedores

49
SIAF MODULO DE DEUDA
50
Módulo de Deuda
51
NORMATIVIDAD
La implementación de un nuevo aplicativo en el
SIAF-Sistema Integrado de Administración
Financiera, cuyo objetivo es registrar las
operaciones de deuda, tal como está dispuesto en
Ley General del Sistema Nacional de
Endeudamiento Artículo 52.- Registro de las
operaciones de endeudamiento y de administración
de deuda Los Gobiernos Regionales o Locales
registrarán las concertaciones, los desembolsos,
el servicio atendido por concepto de principal e
intereses de las operaciones de administración de
deuda, que celebren con o sin garantía del
Gobierno Nacional en el módulo de deuda del SIAF
1.
1 Ley Nº28563,Ley General del Sistema Nacional de
Endeudamiento
52
NORMATIVIDAD
5ta. Disposición complementaria En tanto no se
tenga operativo el módulo de deuda del SIAF,
previsto en el art. anterior, la información allí
requerida debe ser informada trimestralmente a la
DNEP por los Gobiernos Regionales y Locales.
Relaciones de coordinación y cooperación
Los Gobiernos Regionales y Locales deben
proporcionar la información requerida para
mantener actualizados los distintos sistemas
administrativos y financieros organizados a nivel
nacional 2.
2 Art.º 49. Inc 3 Ley de Bases de la
Descentralización
53
NORMATIVIDAD
Ley Marco de la administración financiera del
sector público.
Art.10º.- El registro de la información es único
y de uso obligatorio por parte de todas las
entidades y organismos del Sector Público, a
nivel nacional, regional y local, y se efectúa a
través del Sistema Integrado de Administración
Financiera (SIAF). El SIAF constituye el medio
oficial para el registro, procesamiento y
generación de la información relacionada con la
Administración Financiera del Sector Público,
cuyo funcionamiento y operatividad se desarrolla
en el marco de la normatividad aprobada por los
órganos rectores.
54
IMPORTANCIA Y CARACTERISTICAS DEL MÓDULO DE DEUDA
  • Registrará las condiciones, los desembolsos y
    pagos efectuados, que permitirá el cálculo de
    principal e intereses de cada uno de ellos.
  • Informará sobre los saldos adeudados de cada
    préstamo, refinanciaciones, cancelaciones,
    préstamos vencidos.
  • También servirá para emitir diversos tipos de
    reportes de acuerdo a las necesidades de la
    Entidad.
  • Generará proyecciones de servicio de deuda
    contribuyendo de esta manera con su Municipio en
    la toma de decisiones, y constituyendo parte
    importante del proceso de planificación de su
    organización.

55
DNEP Dirección Nacional del Endeudamiento
PúblicoSNE Sistema Nacional de
EndeudamientoLDF Ley de Descentralización
FiscalGN Gobierno NacionalGR Gobierno
RegionalGL Gobierno Local
GLOSARIO DE TÉRMINOS
56
CONSULTAS
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS Dirección
Nacional del Endeudamiento Público
José Urbina jurbina_at_mef.gob.pe Liliana Carbajal
lcarbajal_at_mef.gob.pe Rina Roca
rroca_at_mef.gob.pe Víctor Jordán
vjordan_at_mef.gob.pe
Teléfonos 4271248 4277872
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