LA REFORMA PROCESAL PENAL Y EL ROL DE LOS PERITOS CONTABLES - PowerPoint PPT Presentation

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LA REFORMA PROCESAL PENAL Y EL ROL DE LOS PERITOS CONTABLES

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Prevalece sumario secreto por sobre plenario p blico ... Autorizar cualquier diligencia que afecte los derechos constitucionales del imputado ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: LA REFORMA PROCESAL PENAL Y EL ROL DE LOS PERITOS CONTABLES


1
LA REFORMA PROCESAL PENAL Y EL ROL DE LOS
PERITOS CONTABLES
  • Profesor
  • Gonzalo Torres Zúñiga

2
Características Procedimiento Inquisitivo Chileno
  • Concentración de funciones en el juez
  • Investigación o instrucción
  • Control de la investigación
  • Acusación y Juzgamiento
  • Escrito
  • Prevalece la verdad real o histórica
  • Sistema de prueba legal o tasado atenuado
  • Prevalece sumario secreto por sobre plenario
    público

3
Características Procedimiento Inquisitivo Chileno
  • No se reconocen los derechos de las víctimas.
  • Investigación secreta carente de control.
  • No tiene vigencia el principio de inmediación.
  • Se relativiza presunción de inocencia.
  • Prisión preventiva se utiliza como sustituto de
    la pena.
  • No hay selección de los casos que deben ser
    resueltos desde punto de vista de políticas
    criminales socialmente adecuadas.

4
Características Procedimiento Inquisitivo Chileno
  • Pérdida de relevancia del plenario frente al
    sumario
  • Prueba se ofrece en sumario secreto, con mínima
    intervención de las partes

Se desprotegen derechos del imputado
No existe bilateralidad de la audiencia
  • Juez falla conforme a probanzas del sumario
  • Precaria situación de la defensa.
  • Dilación excesiva de los procesos.
  • Falta de recursos para administrar eficientemente
    el sistema.

5
Características Procedimiento Inquisitivo Chileno
  • Escasa capacidad del sistema para esclarecer y
    sancionar los delitos de mayor gravedad que
    llegan a conocimiento de los tribunales del
    crimen.
  • Escasa satisfacción de las víctimas.
  • Continua violación de los derechos básicos de los
    imputados.

6
La Reforma Procesal Penal
  • Diversos intentos sin éxito de reformar CPP de
    1906 (Proyecto Galecio).
  • Elaboración propuesta de reforma nace a partir de
    Organizaciones no Gubernamentales.
  • Esta propuesta es asumida posteriormente por
    Gobierno de Eduardo Frei Ruiz Tagle.
  • Ministerio de Justicia recoge el trabajo previo y
    lidera el proceso de reforma.
  • Amplia participación del gobierno, comunidad
    académica y Poder Judicial.

7
La Reforma Procesal Penal
Proyecto CPP
  • Producto del trabajo de las comisiones se
    presenta a discusión el 5/6/1995, siendo aprobado
    el 29/8/2000
  • Juicio oral, público y contradictorio
  • Separación función de investigar y Juzgar
    creación del Ministerio Público

Principos que consagra
  • Etapa de instrucción preparatoria del juicio oral
  • Reconocimiento efectivo garantías del imputado
    creación Juez de Garantía
  • Reconocimiento efectivo derechos de las víctimas

8
Cuerpos legales que reformaron el Sistema
Constitución Política
Ley N 19.696
Ley N 19.665y 19.708
Ley N 19.640
Ley N 19.718
  • Introduce Ministerio Público
  • Orgánica Constitucional Ministerio Público
  • Reforma COT
  • Reforma COT
  • Sobre Código Procesal Penal
  • Sobre normas adecuatorias
  • Crea Defensoría Penal Pública

Ley N 19.806
Ley N 19.789
  • Sobre normas adecuatorias
  • Modifica Código Procesal Penal

9
ESTRUCTURA DEL NUEVO PROCESO PENAL
10
Intervinientes
Ministerio Público
Juez de Garantía
Policías
Proceso Penal
Imputado
Tribunal Oral
Defensa
Víctima - querellante
11
Intervinientes
Ministerio Público
Concepto
Organización
  • Organismo de rango
  • constitucional autónomo y
  • jerarquizado.
  • Encargado de dirigir en forma
  • exclusiva la investigación de los
  • hechos constitutivos de delitos.
  • Ejerce la acción penal pública
  • en la forma prescrita por la ley.
  • Fiscalía Nacional Fiscal
  • Nacional es el jefe superior del
  • Servicio
  • Fiscalías Regionales A cargo
  • del Fiscal Regional
  • Fiscalías Locales Unidades
  • operativas de las fiscalías
  • regionales, a cargo de los fiscales
  • adjuntos

12
Intervinientes
Ministerio Público
Funciones
  • Dirige en forma exclusiva la investigación
  • Ejerce acción penal pública
  • Protege a víctimas y testigos
  • Ordenar diligencias

Atribuciones
  • Impartir instrucciones a las policías
  • Elaborar acusación
  • Participación activa en juicio oral
  • alegato de apertura,
  • producción prueba,
  • alegato clausura, etc.

13
Intervinientes
Juzgados de Garantía
  • Tribunales Ordinarios de Justicia

Concepto
  • Conformados por uno o más Jueces de Garantía
  • Con competencia en un mismo territorio
    jurisdiccional,
  • Que actúan y resuelven unipersonalmente los
    asuntos sometidos a su conocimiento
  • Asegurar derechos de imputados y demás
    intervinientes
  • Autorizar cualquier diligencia que afecte los
    derechos constitucionales del imputado

Funciones
  • Dictar sentencia en procedimiento abreviado
  • Conocer y fallar faltas penales y demás asuntos
    que ley encomiende

14
Intervinientes
Imputado
Concepto
  • Persona a quien se le atribuye participación en
    un hecho punible
  • Persona a quien se le atribuye participación en
    un hecho punible
  • Información sobre hechos imputados y sus
    derechos
  • Ser asistido por abogado
  • A prestar delaración
  • Solicitar se active la investigación y conocer su
    contenido
  • Solicitar sobreseimiento definitivo
  • Guardar silencio o prestar declaración sin
    juramento
  • No ser sometido a tratos degradantes
  • No ser juzgado en ausencia

Derechos
15
Intervinientes
Imputado
  • A conocer el motivo de la privación de libertad y
    exhibición de la orden
  • A ser informado de sus derechos al momento de la
    detención
  • A ser conducido sin demora ante el tribunal que
    solicitó su detención
  • A solicitar libertad provisional
  • A entrevistarse con un abogado en el lugar de
    detención

Derechos imputado privado de libertad
16
Intervinientes
Imputado
  • Su declaración sólo es lícita si es completamente
    voluntaria
  • No tiene obligación de colaboración y rige a su
    favor la presunción de inocencia
  • Derecho a actuar conociendo las consecuencias de
    sus actos DERECHO a DEFENSA.

Otros derechos
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Intervinientes
Defensa
El imputado deberá ser asistido por un abogado
antes de la realización de la primera audiencia a
que fuere citado
  • Abogado Particular
  • Defensor Público si no tuviere abogado
    particular, se le designará un defensor penal
    público

Formas
  • Servicio Público encargado de defender a los
    imputados por un delito que sea competencia de un
    juzgado de garantía o de un tribunal de juicio
    oral en lo penal y en las respectivas Cortes.

Defensoría Penal Pública
18
Intervinientes
Víctima
Concepto
  • Es el ofendido por el delito
  • Intervenir en el proceso.
  • Solicitar medidas de protección.
  • Presentar querella.
  • Ejercer acciones civiles.
  • Ser oída por el fiscal antes de decretar la
    suspensión del procedimiento o cualquier
    resolución que pusiere término al juicio.

Derechos
19
Intervinientes
Querellante
Funciones
  • Víctima del delito, su representante legal o
    heredero testamentario, podrá deducir querella en
    cualquier momento, mientras el fiscal no declare
    cerrada la investigación

Atribuciones
  • Adherir a la acusación del Ministerio Público.
  • Ofrecer prueba.
  • Deducir demanda civil.

20
Intervinientes
Tribunal Oral
Concepto
  • Tribunal Ordinario de Justicia
  • Colegiado
  • Funciona en una o más salas
  • Integrado por tres jueces
  • Dirigido por un juez presidente de sala
  • Conoce de los juicios por crimen o simple delito

21
Intervinientes
Tribunal Oral
Funciones
  • Conocer y juzgar causas por crimen o simple
    delito, salvo las que sean de conocimiento del
    juez de garantía
  • Resolver la libertad provisional o prisión
    preventiva de los acusados puestos a su
    disposición
  • Resolver todos los incidentes que se promuevan en
    el juicio oral
  • Conocer y resolver los demás asuntos que la ley
    le encomiende

22
Intervinientes
Policías
  • Auxiliares del Ministerio Público en la labor de
    Investigación
  • Están obligadas a cumplir las órdenes de los
    fiscales y a informar los resultados

Ministerio Público
  • Cuando tomen conocimiento de un delito, deben
    informar al Ministerio Público
  • Deben comunicarse con Ministerio Público en forma
    rápida, expedita y desformalizada

23
Estructura Nuevo Proceso Penal
Fase de Instrucción o Investigación
Fase de Juzgamiento
Etapa Intermedia (Preparación del Juicio Oral)
Desarrollo del Juicio Oral
Investigación Preliminar del Ministerio Publico
(MP) 1a. Etapa
Formalización de la Investigación 2a. Etapa
Inicio del J.O.
Conclusión de la investigación
Prueba en el J.O.
Acusación
Sobreseimiento
Posibilidades de Conclusión
Alegatos finales
Temporal
Estructura del Juicio Oral
Definitivo
  • Fiscal
  • Acusador particular
  • Defensor

Salidas Alternativas
Audiencia para resolución
Debate
Sobre el cierre de la investigación
Medidas Cautelares
Sentencia
Audiencia de preparación del juicio oral.
Recursos en el PP
24
Fase de Instrucción
Fase de Instrucción o Investigación
Investigación Preliminar del Ministerio Publico
(MP) 1a. Etapa
Formalización de la Investigación 2a. Etapa
  • Obligatoria 
  • Facultativa 
  • Actuaciones del Fiscal de carácter secreto.
  • El imputado no interviene y puede no estar en
    conocimiento de la existencia de una
    investigación en su contra.
  • Efectos
  • Suspende la prescripción penal
  • En plazo máximo de 2 anos,
  • El MP pierde facultad de archivar
    provisionalmente el procedimiento.


bbb
Posibilidades de Conclusión
Salidas Alternativas
Medidas Cautelares
Principio de Oportunidad
Suspensión condicional del procedimiento
M.C. Personales
M.C. Reales
Facultad de no iniciar la investigación
Acuerdos Reparatorios
Archivo provisional
25
Fase de Intermedia
Fase de Juzgamiento
Etapa Intermedia (Preparacion del Juicio Oral)
Desarrollo del Juicio Oral
Conclusion de la investigación
Acusación
Sobreseimiento
Definitivo
Temporal
Audiencia para resolución del sobreseimiento
Sobre el cierre de la investigacion
Decisión de no perseverar en la investigación
Reapertura de la investigación
Audiencia de preparación del juicio oral
Diligencias previas
Audiencia de preparación del Juicio Oral
Auto de apertura del Juicio Oral
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Juicio Oral
ORALIDAD
Principios informadores del juicio oral
INMEDIACIÓN
CONTRADICTORIEDAD
IMPARCIALIDAD
PUBLICIDAD
INOCENCIA
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Juicio Oral
ACTORES NECESARIOS
  • Los jueces
  • El ministerio público.
  • El acusado con su defensa

ACTORES EVENTUALES
  • Querellante
  • Actores civiles

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Juicio Oral (Información disponible)
  • Auto de apertura.

TRIBUNAL
PARTES
  • Todos los antecedentes.

29
Estructura del Juicio Oral
A) Inicio del juicio oral
B) La prueba en el Juicio Oral
C) Alegatos finales
Sentencia Vistos los anteced entes
proporcio nados por las partes y en razon de
las pruebas,
D) Sentencia
30
Juicio Oral (Inicio)
El Juez Presidente
  • Verifica la asistencia de los miembros.
  • Declara iniciado el debate.
  • Advierte al acusado acerca de la atención que
    debe poner a lo que va a oír.
  • Expone el contenido del auto de apertura del
    Juicio Oral.

31
Juicio Oral (Alegatos de Apertura)
  • MINISTERIO PÚBLICO
  • Querellante
  • Acusado
  • DEFENSOR

Planteamiento de la teoría del caso.
32
Juicio Oral (Prueba)
Testigos
Informe de peritos
Son personas que han percibido a través de sus
sentidos hechos que son relevantes para la
resolución del caso.
Son personas que sin haber presenciado
directamente los hechos del caso, emiten acerca
de él juicios para los cuales se requiere una
determinada experticia.
Lo realmente valioso es su opinión como experto.
Lo que interesa es su relato respecto de los
hechos.
33
Prueba de Peritos
  • Artículo 314. - Procedencia del informe de
    peritos. El ministerio público y los demás
    intervinientes podrán presentar informes
    elaborados por peritos de su confianza y
    solicitar que éstos fueren citados a declarar al
    juicio oral, acompañando los comprobantes que
    acreditaren la idoneidad profesional del perito.
  • Procederá el informe de peritos en los casos
    determinados por la ley y siempre que para
    apreciar algún hecho o circunstancia relevante
    para la causa fueren necesarios o convenientes
    conocimientos especiales de una ciencia, arte u
    oficio.

34
Prueba de Peritos
  • Los informes deberán emitirse con imparcialidad,
    ateniéndose a los principios de la ciencia o
    reglas del arte u oficio que profesare el perito.
  • El informe de peritos consta de dos partes uno
    escrito y la declaración que haga el testigo en
    el tribunal.

35
Prueba de Peritos
  • Artículo 315.- Contenido del informe de peritos.
    Sin perjuicio del deber de los peritos de
    concurrir a declarar ante el tribunal acerca de
    su informe, éste deberá entregarse por escrito y
    contener
  • a) La descripción de la persona o cosa que fuere
    objeto de él, del estado y modo en que se
    hallare
  • b) La relación circunstanciada de todas las
    operaciones practicadas y su resultado, y
  • c) Las conclusiones que, en vista de tales datos,
    formularen los peritos conforme a los principios
    de su ciencia o reglas de su arte u oficio.

36
Prueba de Peritos
  • Artículo 319.- Declaración de peritos. La
    declaración de los peritos en la audiencia del
    juicio oral se regirá por las normas previstas en
    el artículo 329 y, supletoriamente, por las
    establecidas para los testigos.
  • Si el perito se negare a prestar declaración, se
    le aplicará lo dispuesto para los testigos en el
    artículo 299 inciso segundo

37
Prueba de Peritos
  • También se regula el costo de los peritajes
  • Artículo 316.- Admisibilidad del informe y
    remuneración de los peritos. El tribunal admitirá
    los informes y citará a los peritos cuando,
    además de los requisitos generales para la
    admisibilidad de las solicitudes de prueba,
    considerare que los peritos y sus informes
    otorgan suficientes garantías de seriedad y
    profesionalismo. Con todo, el tribunal podrá
    limitar el número de informes o de peritos,
    cuando unos u otros resultaren excesivos o
    pudieren entorpecer la realización del juicio.
  • Los honorarios y demás gastos derivados de la
    intervención de los peritos mencionados en este
    artículo corresponderán a la parte que los
    presentare.

38
Prueba de Peritos
  • El tribunal podrá relevar a la parte, total o
    parcialmente, del pago de la remuneración del
    perito, cuando considerare que ella no cuenta con
    medios suficientes para solventarlo o cuando,
    tratándose del imputado, la no realización de la
    diligencia pudiere importar un notorio
    desequilibrio en sus posibilidades de defensa. En
    este último caso, el tribunal regulará
    prudencialmente la remuneración del perito,
    teniendo presente los honorarios habituales en la
    plaza y el total o la parte de la remuneración
    que no fuere asumida por el solicitante será de
    cargo fiscal.

39
Prueba de Peritos
  • Artículo 318.- Improcedencia de inhabilitación de
    los peritos. Los peritos no podrán ser
    inhabilitados. No obstante, durante la audiencia
    del juicio oral podrán dirigírseles preguntas
    orientadas a determinar su imparcialidad e
    idoneidad, así como el rigor técnico o científico
    de sus conclusiones. Las partes o el tribunal
    podrán requerir al perito información acerca de
    su remuneración y la adecuación de ésta a los
    montos usuales para el tipo de trabajo realizado

40
Juicio Oral (Prueba)
TESTIGOS
  • Obligación comparecer y declarar.
  • Principio de no autoincriminación.
  • Protección.

41
Juicio Oral (Prueba)
INFORME DE PERITOS
  • procedencia.
  • contenido.
  • admisibilidad.
  • incapacidad.
  • improcedencia de inhabilitación.
  • auxiliares del Ministerio Público.

42
Juicio Oral (Prueba)
Reglas comunes a peritos y testigos
  • individualización.
  • juramento o promesa.
  • peritos breve exposición informe.
  • interrogatorios.
  • preguntas del tribunal.
  • nuevo interrogatorio.
  • lectura para apoyo de memoria, superar
    contradicciones o solicitar aclaraciones.

43
Juicio Oral (Prueba)
Objetos, documentos y otros medios.
Prueba instrumental
  • Relevantes al caso.
  • Deben ser exhibidos o leídos.
  • Examen por las partes.
  • Reconocimiento o referencia a ellos por las
    partes, testigos o peritos.

44
Juicio Oral (Prueba)
Prueba nueva
  • Acerca del fondo del caso y desconocida con
    antelación.
  • Prueba sobre la prueba.

Valoración de la prueba
  • Libre valoración.
  • Lógica,
  • experiencia y
  • conocimientos científicos.

45
Juicio Oral (Alegatos Finales)
  • Fiscal
  • Acusador particular
  • Defensor

Se trata de tomar TODA LA PRUEBA y ordenarla de
forma coherente a la teoría del caso
Réplica
Conclusiones
46
Juicio Oral (Cierre)
Declaracion del acusado
  • Terminados los alegatos finales, el Tribunal
    ofrece la palabra al acusado para que manifieste
    lo que estime pertinente.
  • Se declara CERRADO EL DEBATE.

47
Juicio Oral (Registro)
El Juicio Oral deberá ser registrado en forma
integra por cualquier medio que asegure
fidelidad. Articulo 41.
  • Importancia Sistema de Recursos.
  • Resguardo Su uso en la dictación de la
    sentencia.

48
Juicio Oral (Sentencia)
Sentencia Vistos los anteced entes
proporcio nados por las partes y en razon de
las pruebas,
  • Deliberación privada.
  • Acuerdo por mayoría simple.
  • Fallo inmediato o hasta 24 horas. Artículo 343.
  • Redacción de la sentencia completa y
    FUNDAMENTADA, dentro de los 5 días siguientes a
    la comunicación del fallo.
  • Citación a la audiencia de lectura de la
    sentencia.

49
EL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS EN EL NUEVO
PROCESO PENAL
50
Ley de normas adecuatorias
1
Facultad de investigar delitos tributarios
  • Servicio no investiga, pero puede recopilar
    antecedentes para adoptar decisión de presentar
    querella.
  • Concepto de recopilación de antecedentes
    Circular N 40, de 20 de junio de 2002.

51
Ley de normas adecuatorias
Facultades asociadas a la investigación de
delitos tributarios
2
El Director conserva ciertas facultades con
objeto de recopilar antecedentes previos a
querella
  • Solicitud de medida de apremio (arresto).
  • Incautación y aposición de sellos con auxilio de
    fuerza pública y sin autorización judicial.

52
Ley de normas adecuatorias
Facultad exclusiva de ejercer acción criminal
por delitos tributarios.
3
  • Se conserva, agregando facultad de celebrar
    acuerdos reparatorios.

Normas procesales especiales que favorecen al
SII.
4
  • Se conservan las que son compatibles y útiles en
    el nuevo sistema.
  • Declaración testimonial del Director.
  • Caución que reemplaza prisión preventiva.

53
Ley de normas adecuatorias
S.I.I.
Rol en sede administrativa
Rol iniciada la investigación del Ministerio
Público
54
Ley de normas adecuatorias
Rol en sede administrativa
  • Recopilación de antecedentes para fundamentar
    ejercicio de la acción penal, conforme a
    procedimientos administrativos.
  • Ejercicio de facultades especiales vinculadas a
    función de recopilación
  • Solicitud de apremio.
  • Incautación y aposición de sellos.

55
Ley de normas adecuatorias
Rol en sede administrativa
La acción penal por delito tributario.
  • Privativa del Director del Servicio.

Denuncia
Querella
56
Ley de normas adecuatorias
Rol iniciada la investigación del Ministerio
Público
  • Una vez ejercida la acción, el Servicio tendrá
    los derechos de la víctima
  • Facultad de examinar registros de investigación.
  • Solicitud de medidas cautelares.
  • Ser oída por el tribunal antes de cierto tipo de
    resoluciones.
  • Impugnar ciertas resoluciones.
  • Podrá celebrar acuerdos reparatorios.

57
. Ley de normas adecuatorias
Aplicación de ciertas normas procesales
especiales
  • Obligación del Ministerio Público de informar
    antecedentes vinculados a posibles delitos
    tributarios.
  • Declaración del Director.
  • Fijación de caución.

58
Ley de normas adecuatorias
S.I.I.
Ministerio Publico
Recopilación de antecedentes
Investigación fiscal
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