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II. Coadyuvar con el Ministerio P blico; a que ... Que se le repare el da o. ... El 31 de mayo del 2004, la Oficina del Abogado General pone al servicio de la ... – PowerPoint PPT presentation

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SEGURIDAD EN LA UNAM
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CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS
  • Artículo 20. En todo proceso de orden penal, el
    inculpado, la víctima o el ofendido, tendrán las
    siguientes garantías
  • B. De la víctima o del ofendido
  • I. Recibir asesoría jurídica ser informado de
    los derechos que en su favor establece la
    Constitución y, cuando lo solicite, ser informado
    del desarrollo del procedimiento penal
  • II. Coadyuvar con el Ministerio Público a que
    se le reciban todos los datos o elementos de
    prueba con los que cuente, tanto en la
    averiguación previa como en el proceso, y a que
    se desahoguen las diligencias correspondientes.
  • Cuando el Ministerio Público considere que no es
    necesario el desahogo de la diligencia, deberá
    fundar y motivar su negativa
  • III. Recibir, desde la comisión del delito,
    atención médica y psicológica de urgencia
  • IV. Que se le repare el daño. En los casos en que
    sea procedente, el Ministerio Público estará
    obligado a solicitar la reparación del daño y el
    juzgador no podrá absolver al sentenciado de
    dicha reparación si ha emitido una sentencia
    condenatoria.
  • La ley fijará procedimientos ágiles para ejecutar
    las sentencias en materia de reparación del daño
  • V. Cuando la víctima o el ofendido sean menores
    de edad, no estarán obligados a carearse con el
    inculpado cuando se trate de los delitos de
    violación o secuestro. En estos casos, se
    llevarán a cabo declaraciones en las condiciones
    que establezca la ley y
  • VI. Solicitar las medidas y providencias que
    prevea la ley para su seguridad y auxilio.

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DECLARACIÓN SOBRE LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE
JUSTICIA PARA LAS VÍCTIMAS DE DELITOS Y DE ABUSO
DE PODER 1985 ITALIA MANUAL DE JUSTICIA PARA
VÍCTIMAS, SOBRE EL USO Y APLICACIÓN DE LOS
PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE JUSTICIA PARA LAS
VÍCTIMAS DEL DELITO Y DEL ABUSO DE PODER EXPERTOS
DE 40 NACIONES, 1999 NEW YORK
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E. Escuelas, universidades e instituciones Meta
Integrar la filosofía e implementación de la
asistencias a la víctima en las escuelas,
universidades y otros programas de enseñanza
avanzada en sus políticas, investigación y
prácticas de servicios comunitarios. 1. El papel
y responsabilidades específicos de las escuelas
en la asistencia a la víctima Las escuelas y
universidades desempeñan un papel único en ayudar
a que todos los estudiantes comprendan y aprecien
los derechos y necesidades de las víctimas de
delito Las autoridades escolares también tienen
la responsabilidad de prevenir el delito y
proveer la seguridad de sus estudiantes y el
personal escolar 2. Desarrollo de los planes de
estudio para las escuelas y universidades sobre
la asistencia a la víctima y prevención de la
victimización (a) Desarrollo de planes de estudio
para las escuelas (b) Desarrollo de planes de
estudio para las universidades y escuelas
profesionales (c) Investigación técnicas de
vanguardia sólo pueden ser mejoradas si el
conocimiento es aumentado. Las universidades y
los institutos ofrecen el espacio ideal para la
investigación empírica y evaluativa en el área de
ayuda a la víctima
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SEGURIDAD EN LA UNAM
  • Una de las acciones prioritarias de la UNAM es
    proporcionar a los miembros de su comunidad la
    seguridad que requieren para desarrollar sus
    actividades en un clima de libertad, paz y
    respeto a sus derechos. Para lograr dicho
    objetivo genera mecanismos y propuestas internas
    para lograr este objetivo.
  • Así en abril del 2001 por acuerdo del Rector Juan
    Ramón de la Fuente se crea la Unidad para la
    Atención y Seguimiento de Denuncias dentro de la
    UNAM, esta depende de la Oficina del Abogado
    General, esta atiende a los miembros de la
    comunidad universitaria que son víctima de delito
    y de violencia dentro de la UNAM.
  • La atención de las denuncias se hace vía
    telefónica y por comparecencia realizando la
    denuncia por escrito o en forma directa.
  • El 31 de mayo del 2004, la Oficina del Abogado
    General pone al servicio de la comunidad
    universitaria el funcionamiento de la línea
    01800-ABROGAL, que proporciona los servicios de
    asesoría y orientación a los miembros de la
    comunidad en caso de ser víctimas de un delito,
    fomentar la denuncia y combatir la impunidad.
  • En la página de Internet se encuentran datos
    sobre diligencias básicas en casos de robo,
    delitos sexuales, daño en propiedad ajena,
    lesiones, delitos contra la salud, amenazas,
    fraude, portación de arma y privación ilegal de
    la libertad.
  • En esta página se pueden encontrar tips de
    seguridad para vehículos, estudiantes,
    recomendaciones en caso de asalto e instancias a
    las que puede acudir dentro de la UNAM, Distrito
    Federal y zona conurbada.
  • La Comisión Especial de Seguridad del Consejo
    Universitario tiene a su cargo a las Comisiones
    Locales de Seguridad de todas las dependencias de
    la UNAM, que desarrollan acciones concretas en
    cada una de las dependencias de la UNAM en
    materia de seguridad.
  • La Dirección General de Servicios Generales en su
    Dirección de Protección Civil realizar coadyuvan
    con diferentes instancias universitarias y
    autoridades externas en materia de protección
    civil, seguridad y prevención del delito.

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PROPUESTAS
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  • MATERIA DE SEGURIDAD Y ATENCIÓN A VÍCTIMAS
  • ORGANIZAR UN CONGRESO NACIONAL DE SEGURIDAD EN
    INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR
  • COMPARTIR LAS INFORMACIÓN ENTRE LAS
    INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR SOBRE
    PROBLEMAS DELICTIVOS EN COMÚ Y SOBRE PRÁCTICAS
    EXITOSAS DE PREVENCIÓN DEL DELITO
  • REALIZAR INVESTIGACIÓN ESTADÍSTICA DE OPINIÓ Y
    PERCEPCIÓN DE SEGURIDAD Y VICTIMIZACIÓN EN EL
    PERSONAL ACADÉMICO, ADMINISTRATIVO, ESTUDIANTIL
    DE LA UNAM
  • CREAR BANCOS DE INFORMACIÓN SOBRE SEGURIDAD Y
    VICTIMIZACIÓN
  • - GENERAR UN SERVICIOS DE ATENCIÓN A VÍCTIMAS POR
    PARTE DE LA UNAM POR DELITOS COMETIDOS DENTRO DE
    LA INSTITUCIÓN

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  • FORMULAR TODOS LOS REGLAMENTOS INTERNOS DE LAS
    COMISIONES LOCALES DE SEGURIDAD
  • CONVENIOS DE COLABORACIÓN DE LA UNAM CON LA
    PGJDF Y LA PGR, PARA COMPARTIR INFORMACIÓN, ASÍ
    COMO COADYUVAR EN LA CAPACITACIÓN AL PERSONAL DE
    SEGURIDAD, ASÍ COMO A LAS COMISIONES LOCALES DE
    SEGURIDAD
  • - REUNIONES SEMESTRALES Y EXTRAORDINARIAS DE LA
    COMISIÓN ESPECIAL DEL CONSEJO UNIVERSITARIO CON
    LAS COMISIONES LOCALES
  • FOMENTAR LA CULTURA DE LA PREVENCIÓN DEL DELITO
    ESTABLECIENDO LA SEMANA DE LA SEGURIDAD EN TODA
    LA UNAM
  • - IMPARTIR CURSOS Y TALLERES CON VALOR CURRICULAR
    A PROFESORES DE UNAM PARA LA PREVENCIÓN DEL
    DELITO Y LA SENSIBILIZACIÓN CON LA ATENCIÓN A
    VÍCTIMAS

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PROTECCIÓN CIVIL
  • FORMULAR TODOS LOS PLANES DE PROTECCIÓN CIVIL EN
    LA UNAM
  • CREAR UNA MAESTRÍA O ESPECIALIDAD EN PROTECCIÓN
    CIVIL
  • CREAR LA LICENCIATURA EN PROTECCIÓN CIVIL
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