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REFORMA AL SISTEMA PREVISIONAL Y SUS IMPACTOS EN LA EMPRESA Y TRABAJADORES. ... Indemnizaci n Compensatoria a la mujer por Divorcio(cci) ... – PowerPoint PPT presentation

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(No Transcript)
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REFORMA AL SISTEMA PREVISIONAL Y SUS IMPACTOS EN
LA EMPRESA Y TRABAJADORES.
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Sistema Previsional ChilenoSistema antiguo
  • Concepto

Sistema solidario de repartos
  • Operación

Activos financian a los pasivos
Cajas de Previsión Social (39)
  • Agentes
  • Empart 28,84
  • Canaempu 30,04
  • Servicio Seguro Social 25,84
  • Defensa nacional

INP
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Sistema Previsional Chileno Sistema antiguo
  • Cotizaciones
  • al fondo de pensión solidario
  • al sistema de salud
  • comisión por administración
  • desahucio
  • Pensiones de vejez
  • En base a los años trabajados
  • - Bonificaciones mujer (hijos) hombres
    (servicio militar)
  • - Promedio últimas rentas

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Sistema Previsional Chileno D.L. 3.500. 1981
  • Sistema de capitalización individual.
  • Concepto
  • Pensión de vejez (anticipada, legal)
  • Pensión de Invalidez (total o parcial)
  • Pensión de Sobrevivencia
  • Cuota Mortuoria (UF15)
  • Beneficios
  • Otros beneficios
  • Asignación familiar
  • Subsidio de cesantía
  • Prestaciones de salud
  • Protección riesgos del trabajo, enfermedades o
    accidentes
  • profesionales (Ley 16.744)
  • Cuenta de ahorro voluntario
  • Cuenta de ahorro de indemnización
  • Depósitos convenidos y cotizaciones voluntarias
  • Excedente libre disposición
  • Herencia
  • Prestaciones

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Sistema Previsional ChilenoLey 19.768. 2001
  • Beneficios Previsionales
  • Se agrega un seguro de cesantía, cotizando un 3
    sobre la renta máxima de UF90.
  • Empleado 0,6 , cuenta de ahorro
  • Empleador 0,8, fondo solidario
  • 1,6, cuenta ahorro y/o indemnización
  • El saldo de la cuenta, cumple misma condición que
    cuenta 2 de AFP.
  • Institucionalidad
  • Se abren las cotizaciones voluntarias al mercado
    financiero en general (menos restricción).
  • Se crean los Multifondos (restricciones etareas)
    en las AFP.

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Sistema Previsional ChilenoLey 19.768. 2001
  • Cotizaciones Voluntarias en APV
  • Se aumentan desde app UF48 a UF50 mensuales.
  • Se pueden reliquidar directamente por el afiliado
    con un máximo de inversión de UF600/año.
  • Se permiten a cotizantes del antiguo sistema
    (INP) e independientes.
  • Se pueden hacer retiros parciales o totales, con
    retención de un 15 en calidad de ppm y un
    impuesto adicional único entre un 3,3 y 7.
  • Cotizaciones Voluntarias en APV
  • Exención de impuesto a la renta al pensionarse y
    retirarlas como E.L.D., en 2 mecanismos
    distintos
  • 800 UTM de una vez
  • 200 UTM anuales en un máximo de 6 años.

Se requiere antigüedad de 48 meses sólo para el
APV, no para cotizaciones voluntarias.
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Sistema Previsional ChilenoLey 19.768. 2001
  • Depósitos Convenidos
  • Son constitutivos de excedentes de libre
    disposición, pero siempre afectos a impuestos.
  • Se pueden administrar financieramente en más de
    una institución.
  • Modalidades de Pensión
  • Flexibilización Retiros Programados.
  • Flexibilización Renta Vitalicia.

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REFORMA PREVISIONALLey 20.255. 2008
  • Objetivos.
  • Aumentar las pensiones y la seguridad de las
    personas en la vejez.
  • Brindar protección social efectiva a toda la
    población en la etapa pasiva.
  • Reforzar el carácter solidario del sistema.
  • Superar las discriminaciones de género.
  • Lograr mayor información, difusión y
    participación en el sistema previsional.

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Tópicos de la Reforma.
  • Creación del Sistema de Pensiones Solidarias
    (SPS)
  • Medidas para lograr una mayor equidad de género
  • Bonificación para las mujeres por hijo nacido
    vivo.
  • A contar del 1 de julio de 2009.
  • Rentabilidad Fondo C, hasta 65 años.
  • Es independiente a la Remuneración
  • Equivalente al 10 de 18 Ingresos
    Mínimos(286.200)
  • Pensión de Sobrevivencia para el Cónyuge
  • Indemnización Compensatoria a la mujer por
    Divorcio(cci)

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3. Medidas para aumentar la cobertura de los
trabajadores
  • Afiliación gradual de independientes.
  • Subsidio a la contratación y cotización de
    jóvenes de menor ingreso.
  • Condicionados
  • Aumento de la remuneración máxima imponible.
  • Licitación de la administración de cuentas para
    nuevos afiliados.
  • Licitación pública del seguro de invalidez y
    sobrevivencia(2,3),nuevo costo del Empleador.
  • Eliminación de las comisiones fijas autorizadas a
    las AFP.
  • Creación de la figura de los asesores
    previsionales.

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III. Subsidio a la contratación de trabajadores
jóvenes.
  • Beneficiará a aquellos trabajadores con contrato
    entre 18 y 35 años que reciban ingresos iguales o
    inferiores a 1,5 veces el ingreso mínimo
    mensual(238.500).
  • Este subsidio se entregará sólo durante las
    primeras 24 cotizaciones que realice cada joven.
    No es necesario que sean cotizaciones continuas,
    ya que el beneficio se entrega hasta completar
    las primeras 24 aunque exista una laguna de
    tiempo entre cada una de ellas.
  • El monto del subsidio será equivalente a un 50
    de la cotización previsional calculada sobre el
    ingreso mínimo(15.300).
  • Este subsidio entrará en vigencia el 1 de octubre
    de 2008.

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4. Modificaciones al Ahorro Previsional
Voluntario Individual
  • Opción de tratamiento tributario de los aportes.
  • Bonificación fiscal.
  • Realización de APV con sueldo empresarial.
  • Eliminación del límite de APV que depende de
    cotizaciones obligatorias para los independientes.

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Opciones tratamiento tributario de los aportes de
APV.
  • Reforma abrió una opción adicional para el
    tratamiento tributario de los aportes a los
    planes APV.
  • Para efectos del tratamiento tributario del APVC
    y del APV individual, los trabajadores podrán
    optar para que el ahorro
  • No sea descontado de la remuneración o renta
    tributable, y que los retiros de aportes no sean
    gravados con impuesto.
  • Que el ahorro sea descontado de la remuneración o
    renta tributable, y que los retiros paguen un
    impuesto único con recargo (condiciones APV hasta
    la fecha).
  • Si el trabajador se acoge a la opción a, la
    rentabilidad de los aportes retirados(1) queda
    sujeta al régimen que se aplica a la Cuenta de
    Ahorro Voluntario de las AFP, es decir libre de
    impuestos 18 UTM(590.000) por año.
  • En la opción a, habría pensiones diferenciadas
    afectas y libres de Impuestos.

(1) No destinados al financiamiento de las
pensiones.
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Bonificación fiscal APV.
  • Tienen derecho a ella, los trabajadores
    dependientes e independientes por aportes APV que
    no sean descontados de la renta tributable (
    opción a) y cuyo saldo sea destinado a
    adelantar o aumentar la pensión.
  • Bonificación fiscal se recibe al momento de la
    pensión, y es igual al 15 del monto ahorrado que
    se destine a adelantar o incrementar dicha
    pensión.
  • En cada año calendario la bonificación no podrá
    ser superior a 6 UTM (213.888).
  • La bonificación se depositará cada año en una
    cuenta especial y exclusiva en la administradora
    y tendrá las mismas condiciones de rentabilidad y
    comisión que los aportes que la originaron.

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Características más relevantes del APVC
  • Contratos voluntarios y suscritos y negociados
    por el empleador.
  • Aportes a los planes trabajador y matching
    empleador.
  • Aportes del empleador pasan a ser propiedad del
    trabajador cuando
  • Se cumplen las condiciones definidas en los
    contratos (ej. Período mínimo de permanencia en
    la empresa).
  • Término de contrato por necesidades de la
    empresa.
  • Planes deben tener amplia cobertura y no
    discriminar arbitrariamente (ej. Porcentaje de
    matching debe ser igual para todos los
    trabajadores).

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Características más relevantes del APVC
  • Destino que se podrá dar a los recursos del APVC
  • a) Traspaso obligatorio a otro plan de APV
    colectivo o individual.
  • b) Traspaso voluntario a CCI de la AFP y a otros
    planes APV.
  • c) Retiros por parte del trabajador
  • Aportes trabajador trato tributario depende de
    la opción escogida por trabajador (descuento o no
    de la remuneración o renta tributable).
  • Retiro tiene castigo en las dos modalidades
    tributarias.
  • Aportes empleador trato tributario es igual a
    las normas del actual APV (impuesto con recargo).
  • d) Retiros por parte del empleador, cuando el
    trabajador no adquiera la propiedad deben ser
    considerados como ingresos para efectos del
    impuesto a la renta.

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Desvinculación laboral de los cargos
OPTIMIZACIÓN DEL APVC
Visión ergonométrica de los mismos- Hombre /
Máquina / Entorno
Costo empresa
Productividad
Deseconomía
25
65
Edad
19
(No Transcript)
20
Cuál es la realidad común del empresario y el
ejecutivo superior?
P
F
E
P
Persona
Empresa
Familia
Patrimonio
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Sistema de resguardo y seguridad patrimonial
F
E
P
P
22
Cuáles son los VECTORES?
Trabajo
Familia
Ingresos
Inversiones
AFP
Impuestos
Propiedad
Salud
Retiro
Seguros
Educación
Herencia
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