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El Acuerdo Sobre la Aplicaci

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identificar la(s) enfermedad(es) y consecuencias potenciales ... todo un pa s o partes de un pa s. todo o partes de varios paises ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: El Acuerdo Sobre la Aplicaci


1
El Acuerdo Sobre la Aplicación de Medidas
Sanitarias y FitosanitariasEl Acuerdo MSF (SPS)
  • PREMISAS MÁS IMPORTANTES

2
Origen del Acuerdo MSF
Acuerdo sobre la Agricultura
Artículo XX(b) GATT
  • MSF

Obstáculos técnicos al comercio (TBT)
3
Los Miembros tienen derecho a adoptar medidas
sanitarias y fitosanitarias necesarias para
proteger la salud y la vida de las personas y de
los animales o para preservar los vegetales
Artículo 2.1
4
Definición Medidas Sanitarias y Fitosanitarias
para proteger
de
salud/vida humana o animal
salud/vida humana
salud/vida animal o vegetal
país
5
Qué tipo de medidas?
  • Leyes, decretos, reglamentos, prescripciones o
    procedimientos relativos a
  • Producto final o método de producción
  • Prueba, inspección, certificación, y aprobación
  • Cuarentena y transporte de animales/vegetales
  • Métodos de evaluación de riesgo
  • Embalaje y etiquetado ? Inocuidad Alimentos
  • PPMs

6
SPS O TBT?
Medidas SPS
Medidas TBT
  • Riesgo proveniente de aditivos en alimentos
    Nivel máximo tolerancia
  • Riesgo proveniente de enfermedades propagadas por
    animales o vegetales Requisitos de
    adminisbilidad
  • Riesgo proveniente de plaguicidas Nivel máximo
    de residuo.
  • Requisitos de etiquetado
  • información nutricional
  • embalaje y calidad de los alimentos
  • Manejo y calidad de plaguicidas

7
Disposiciones claves del Acuerdo MSF
  • 1. Justificación científica y evaulación riesgo
  • 2. Armonización
  • 3. Equivalencia
  • 4. Zonas libres de plagas o enfermedades
  • 5. Asistencia técnica, trato especial
  • 6. Transparencia

8
Justificación científica
  • Artículo 2.2
  • sólo se aplique en cuanto sea necesaria para
    proteger la salud
  • basada en principios científicos
  • que no se mantenga sin testimonios científicos
  • a reserva de párrafo 7 del artículo 5

9
Y si no hay certeza?Artículo 5.7
  • Los Miembros podrán adoptar provisionalmente
    medidas...
  • cuando los testimonios científicos pertinentes
    sean insuficientes
  • sobre la base de información disponible
  • Pero
  • tratarán de obtener la información adicional
    necesaria
  • revisarán en consecuencia la medida en un plazo
    razonable

10
Artículo 5.7Medidas Provisionales
  • Manzanas (GE y OA)
  • Japón mantuvo la medida sin tratar de obtener la
    información adicional necesaria
  • no revisó la medida en un plazo razonable
  • Hormonas
  • CE no invocó al Art. 5.7 sino al principio
    cautelar
  • OA principio cautelar reflejado en 5.7, pero eso
    no dispensa de las otras obligaciones

11
Medidas Provisionales Cuando y como?
  • Caso Manzanas - 4 elementos acumulativos
  • Pueden adoptarse cuando
  • . testimonios científicos pertinentes
    insuficientes
  • . sobre la base de información disponible
  • Puede mantenerse cuando
  • . se trate de obtener información adicional
    necesaria para evaluación objectiva
  • . se revise (consecuentemente) la medida en plazo
    razonable

12
Evaluación del Riesgo Artículos 5.1-5.3
- riesgos de plagas o enfermedades evaluación
de la probabilidad de entrada, radicación o
propagación según las medidas SF que pudieran
aplicarse, así como de las posibles consecuencias
biológicas y económicas conexas
Definiciones Anexo A4
- inocuidad de los alimentos ...evaluación de
los posibles efectos perjudiciales para la
salud de las personas y de los animales...
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Evaluación del Riesgo Artículos 5.1-5.3
  • basar las medidas en una evaluación de los
    riesgos (5.1)
  • tener en cuenta las técnicas elaboradas por las
    organizaciones internacionales competentes (5.1)
  • métodos científicos (5.2)
  • tener en cuenta factores económicos (5.3)
  • pérdida de producción
  • costos de control o erradicación
  • relación costo-eficacia de otros métodos

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Evaluación riesgocomo?
  • Caso Hormonas - principales conclusiones
  • Evaluación riesgo basada en evidencia científica
  • (Art. 5.1 es una aplicación específica del 2.2)
  • Relación racional entre evaluación riesgo y
    medida
  • pero no necesariamente opinión mayoritaria
  • Evaluación riesgo por quien aplica medida?
  • No necesariamente otro Miembro u Organización

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Evaluación riesgocomo?
  • Salmón - principales conclusiones
  • Tres requisitos acumulativos
  • identificar la(s) enfermedad(es) y consecuencias
    potenciales
  • evaluar la probabilidad de entrada, radicación
  • evaluar la probabilidad según las medidas que
    pudieran aplicarse
  • No es suficiente evaluar riesgo entrada como
    posible es necesario evaluar probabilidad
  • pero probabilidad puede ser expresada
    cualitativamente.

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CoherenciaArtículo 5.5
  • Coherencia en los niveles adecuados de protección
    sanitaria o fitosanitaria
  • evitar distinciones arbitrarias o injustificables
    si
  • tienen por resultado una discriminación o una
    restricción encubierta del comercio
  • directrices para fomentar la aplicación - Comité

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CoherenciaArt. 5.5
  • Caso Hormonas - principales conclusiones
  • Violación? 3 elementos necesarios (acumulados)
  • 1 Distintos niveles de protección en diferentes
    situaciones (comparables).
  • 2 Los niveles de protección presentan diferencias
    arbitrarias o injustificables. (señal alarma)
  • 3 Las diferencias arbitrarias/injustificables
    producen discriminación/una restricción
    encubierta del comercio

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no más restrictivo de lo requerido Artículo 5.6
  • Cuando se viola?
  • Caso Salmon - 3 Elementos Acumulativos
  • Hay Medida Alternativa
  • 1. Razonablemente accesible (viabilidad técnica
    y económica)
  • 2. Logra Nivel Adecuado Protección
  • 3. Significativamente menos restrictiva

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Disposiciones claves del Acuerdo MSF
1. Justificación científica 2. Armonización 3.
Equivalencia 4. Zonas libres de plagas o
enfermedades 5. Asistencia técnica, trato
especial 6. Transparencia
20
ArmonizaciónArtículo 3
los Miembros basarán sus medidas en normas,
directrices o recomendaciones internacionales
(3.1)
21
ArmonizaciónArtículo 3
  • Obligatoria? NO, pero tiene premio...
  • Presunción de conformidad (3.3)
  • No necesidad dar explicaciones (5.8)
  • ? protección? Si, pero .(3.3)
  • si existe una justificación científica, o
  • si determina nivel adecuado de protección ? en
    conformidad con el Artículo 5 (evaluación del
    riesgo)

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Comisión del Codex Alimentarius
  • Normas, directrices y recomendaciones
    internacionales
  • aditivos alimentarios, contaminantes
  • residuos de medicamentos veterinarios
  • residuos de plaguicidas
  • métodos de analisis y muestreo
  • códigos y directrices sobre prácticas
  • en materia de higiene

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Oficina Internacional de Epizootias (OIE)
  • Normas, directrices y recomendaciones
    (vigilancia, control y erradicación)
  • Salud animal (incl. zonas libres de plagas)
  • Zoonosis

24
Convención Internacional de Protección
Fitosanitaria (CIPF)
  • Normas, directrices y recomendaciones
    internacionales
  • Principios de cuarentena fitosanitaria
  • Código de conducta (agentes de lucha biológica)
  • Análisis de riesgos de plagas
  • Requisitos para establecer zonas libres de plagas
  • Glosario de términos fitosanitarios

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Participación en la labor de las Tres Hermanas
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Disposiciones claves del Acuerdo MSF
1. Justificación científica 2. Armonización 3.
Equivalencia 4. Zonas libres de plagas/
enfermedades 5. Asistencia técnica, trato
especial 6. Transparencia
27
EquivalenciaArtículo 4
  • Aceptar medidas equivalentes
  • equivalencia, no identidad de medidas
  • exportador
  • tiene que demostrar objetivamente
  • tiene que facilitar acceso razonable para
    inspecciones
  • entablar consultas, cuando reciban una solicitud
  • Implementación Comité debe desarrollar un
    Programa específico

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Adaptación a las Condiciones Regionales Artículo
6
  • Adaptar las medidas a una región
  • todo un país o partes de un país
  • todo o partes de varios paises
  • tomando en cuenta programas de erradicación o
    control
  • prevalencia de plagas o enfermedades
  • zonas libres o de escasa prevalencia
  • prueba el exportador
  • acceso razonable para inspecciones etc.

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Disposiciones claves del Acuerdo MSF
1. Justificación científica 2. Armonización 3.
Equivalencia 4. Zonas libres de plagas o
enfermedades 5. Asistencia técnica, trato
especial 6. Transparencia
30
Asistencia Técnica Artículo 9
  • Los Miembros convienen en facilitar (9.1)
  • para ayudar a los PED a cumplir con las MSF
  • tecnologías, investigación, infraestructura
  • asesoramiento, créditos, donaciones
  • conocimientos técnicos, formación y equipo
  • Mantener y aumentar las oportunidades de acceso
    al mercado
  • si hacen falta inversiones, el importador
    considerará prestar asistencia técnica (9.2)

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Trado Especial y Diferenciado Artículos 10 y 14
  • Al elaborar medidas SF
  • las necesidades especiales de los PED (10.1)
  • plazos más largos para productos de interés para
    PED (10.2) ? 6 meses
  • autorizar excepciones específicas y de duración
    limitada (10.3)
  • Facilitar participación PED en organizaciones
    internacionales competentes (10.4)
  • entrada en vigor diferida (14)
  • hasta 2 años (PED) o 5 años (PMA)

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Disposiciones claves del Acuerdo MSF
1. Justificación científica 2. Armonización 3.
Equivalencia 4. Zonas libres de plagas o
enfermedades 5. Asistencia técnica, trato
especial 6. Transparencia
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Transparencia
  • Publicación de las reglamentaciones (Anexo B)
  • Obligación de dar Explicación (5.8)
  • si una medida restringe las exportaciones, y
  • si no se basa en una norma internacional

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Transparencia
  • Obligación de notificar (Art. 7)
  • Procedimientos en Anexo B
  • Todas las medidas sanitarias? NO, solo si
  • ? norma internacional, y
  • efecto significativo en el comercio

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Disposiciones claves del Acuerdo MSF
1. Justificación científica 2. Armonización 3.
Equivalencia 4. Zonas libres de plagas o
enfermedades 5. Asistencia técnica, trato
especial 6. Transparencia
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