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Ministerio de Energ a y Minas. Direcci n General de Asuntos ... Consumo directo de combustibles l quidos : Certificado de Inexistencia de Restos Arqueol gicos : ... – PowerPoint PPT presentation

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1
Primera Jornada de Derecho Minero
OBLIGACIONES AMBIENTALES MINERAS
Ministerio de Energía y Minas
2006
2
Contenido
  • El desarrollo sostenible
  • Marco institucional de la gestión ambiental
  • La legislación ambiental en el Perú
  • La legislación ambiental minera
  • Conclusiones

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DESARROLLO SOSTENIBLE
PROTECCION AMBIENTAL
CRECIMIENTO ECONOMICO
BIENESTAR SOCIAL
4
MARCO INSTITUCIONAL DE LA GESTIÓN AMBIENTAL
5
La autoridad ambiental en el Perú
  • 1992 Los ministerios crearon las primeras
    autoridades ambientales (MEM, MITINCI...)
  • La autoridad ambiental nacional (CONAM) se creó
    en diciembre de 1994.
  • Las Gerencias Regionales de Recursos Naturales y
    Gestión del Medio Ambiente de los Gobiernos
    Regionales se empezaron a crear en el año 2003.

6
En el Ministerio de Energía y Minas
7
  • 1981, Oficina de Asuntos Ambientales, órgano de
    asesoramiento de la Dirección General de Minería.
  • 1992, Dirección General de Asuntos Ambientales.
  • 1999, se modifican y amplían las funciones de la
    Dirección General de Asuntos Ambientales.
  • 2004, Dirección General de Asuntos Ambientales
    Mineros (DGAAM).
  • 2005, Dirección General de Gestión Social (DGSS)
  • D.G.M. Dirección de Fiscalización Minera

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PRINCIPALES FUNCIONES DE LA DGAAM
  • Evaluar, aprobar o desaprobar estudios
    ambientales (EIA, EA, PAMA, EIAP, DJ, Planes de
    Cierre) y sus modificatorias.
  • Calificar y autorizar a instituciones para que
    elaboren EIA y planes de cierre de minas.
  • Proponer políticas, normas y lineamientos
    técnicos para la protección del ambiente, así
    como la evaluación de impactos ambientales y
    sociales.
  • Asesorar a la alta dirección en asuntos
    ambientales.
  • Apoyar en la fiscalización.

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LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL
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PRINCIPALES NORMAS AMBIENTALES NACIONALES
  • Código del Medio Ambiente y de los Recursos
    Naturales (1990). DEROGADO.
  • Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión
    Privada (1991).
  • Creación del CONAM, organismo rector de la
    política nacional ambiental (1994).
  • Ley de Tierras (1995).
  • Ley de Áreas Naturales Protegidas (1997).
  • Ley General de Residuos Sólidos (2000).

11
  • Ley Forestal y de Fauna Silvestre (2000).
  • Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad
    del Aire (2001).
  • Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto
    Ambiental (2001).
  • Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad
    Ambiental para Ruido (2003).
  • Ley que regula el transporte terrestre de
    materiales y residuos peligrosos (2004).
  • Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación
    (2004).
  • Ley General del Ambiente (2005).

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LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL MINERA
13
SITUACIÓN EN EL SECTOR ENERGÍA Y MINAS ANTES DE
1993
  • Falta de normatividad ambiental para las
    actividades del Sector.
  • Poquísima experiencia en materia de gestión
    ambiental.
  • Fiscalización y control ambiental prácticamente
    inexistentes.
  • Escasa coordinación con otros organismos del
    Estado en temas ambientales.
  • Capacidad no desarrollada en consultoría
    ambiental.
  • Limitada conciencia ambiental en las empresas
    mineras.

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PRINCIPALES NORMAS AMBIENTALES MINERAS
  • 1993 Reglamento para la Protección Ambiental
    en la Actividad Minerometalúrgica (D.S. N
    016-93-EM) Obligación de contar con PAMA y
    EIA aprobados.
  • 1996 Se establecieron los LMP para emisiones
    gaseosas minerometalúrgicas (R.M. N
    315-96-EM/VMM).
  • 1996 Se establecieron los LMP para efluentes
    (R.M. N 011-96-EM/VMM).
  • 1998 Se regularon las actividades de
    exploración minera (D.S. N 038-98-EM).
  • 2002 Adecuación de la pequeña minería y
    minería artesanal (Ley N 27651 y D.S.N
    013-2002-EM).

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  • 2002 Reglamento de participación ciudadana
    (antes 1996 / 1999)
  • 2003 Ley que regula el cierre de minas (Ley
    28090 / minado subterráneo y a cielo
    abierto).
  • 2003 Establece el Compromiso Previo para el
    desarrollo sostenible de las actividades
    mineras
  • 2004 Ley que regula los pasivos ambientales
    (Ley 28271)
  • 2005 Reglamento de cierre de minas (D.S.
    033- 2005-EM))
  • 2005 Reglamento de Pasivos Ambientales
    Mineros (059-2003-EM)

Se han publicado 29 Guías Técnicas.
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Regulación actual de todas las fases de la
actividad minera
EXPLORACIÓN
EXPLOTACIÓN / PROCESAMIENTO
CIERRE
Declaración Jurada
Estudio de Impacto Ambiental
Plan de Cierre de Minas
Evaluación Ambiental
Programa de Adecuación y Manejo Ambiental
Plan de Cierre de Pasivos Ambientales Mineros
Declaración de Impacto Ambiental
Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado
Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado
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Los estudios ambientales
  • Permiten evaluar los impactos de los proyectos de
    inversión. No constituyen permisos o
    autorizaciones de operación.
  • Antes de iniciar el desarrollo del proyecto, los
    titulares de los mismos deben obtener los
    permisos o autorizaciones que correspondan de
    acuerdo con
  • La naturaleza de sus operaciones.
  • El lugar en donde las desarrollarán.

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Principales autorizaciones y permisos
  • Uso de explosivos
  • Uso de aguas
  • Autorización sanitaria de tratamiento de agua
    potable y autorización sanitaria de
    vertimientos
  • Autorización de funcionamiento de posta médica o
    policlínico
  • Consumo directo de combustibles líquidos
  • Certificado de Inexistencia de Restos
    Arqueológicos
  • Adquisición o permiso de uso de terrenos
    superficiales

DICSCAMEC ATDR DIGESA DIRESA DREM INC PROPIE
TARIOS
19
EXPLORACIÓN MINERA
20
MEDIDAS DE PROTECCIÓN AMBIENTAL
  • Desde el año 1998 la exploración minera está
    sujeta a medidas de protección ambiental
    aprobadas por la DGAAM.
  • Estas medidas son más rigurosas dependiendo del
    tamaño del proyecto.
  • Todos los proyectos de cuentan con medidas
    ambientales para el desarrollo de la exploración
    y para remediar al término de sus operaciones,
    los impactos que pudieran haber generado.
  • Pronto las de mayor envergadura contarán además
    con Planes de Cierre y garantías financieras.

21
MEDIDAS DE PROTECCIÓN AMBIENTAL
  • El Ministerio exige medidas que aseguren un buen
    manejo de los residuos sólidos y el cierre de las
    trincheras que se hubieran abierto.
  • También exige el adecuado manejo de las aguas
    cuando la exploración pudiera afectarlas, lo cual
    sólo puede ocurrir en proyectos de exploración
    con labor subterránea de gran extensión.
  • El Ministerio exige el cumplimiento de las normas
    del Sector y las demás normas vigentes que se
    relacionan con la exploración minera.

22
(No Transcript)
23
EXPLOTACIÓN MINERA
24
MEDIDAS DE PROTECCIÓN AMBIENTAL
  • Todos los proyectos de explotación de minerales
    deben contar con Estudios Ambientales aprobados
    por la DGAAM
  • Estudio de Impacto Ambiental (EIA), o
  • Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA)
  • El EIA y el PAMA son estudios elaborados por
    equipos de profesionales especializados en
    distintas disciplinas.
  • Particularmente los EIA, son elaborados por
    consultoras registradas previamente ante el MEM.

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MEDIDAS DE PROTECCIÓN AMBIENTAL
  • Los EIA y PAMA incluyen medidas de protección
    ambiental que se exigen durante las operaciones
    de la mina y también al cese de su actividad.
  • Pronto todos los proyectos de explotación
    contarán con Planes de Cierre respaldados por
    garantías financieras.
  • También se han establecido Estudios Ambientales
    para la pequeña minería y la minería artesanal.

26
(No Transcript)
27
PARTICIPACIÓN CIUDADANA
28
PARTICIPACIÓN CIUDADANA
  • 1996, Reglamento de Participación ciudadana en el
    procedimiento de aprobación de los estudios
    ambientales (R.M. N335-96-EM/VMM).
  • 1999, Reglamento de Participación Ciudadana en el
    Procedimiento de Aprobación de Estudios
    Ambientales (R.M. N728-99-EM-VMM)
  • 2002, Reglamento de Consulta
  • y Participación Ciudadana en el
  • Procedimiento de Aprobación de
  • los Estudios Ambientales
  • (R.M. N596-2002-EM/DM).

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  • Reglamento de Consulta y Participación Ciudadana
    en el Procedimiento de Aprobación de Estudios
    Ambientales (R.M. N 596-2002-EM/DM)
  • El objetivo de la es normar la participación de
    la población y de las autoridades regionales y
    locales en el procedimiento de aprobación de los
    Estudios Ambientales.
  • Genera un proceso de entrega de información y
    diálogo conducido por el Estado para los
    proyectos que se desarrollan en el Sector Minero
    Energético.

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Procedimientos de consulta
  • Consulta Previa Constituida por talleres previos
    que se realizan
  • Antes del inicio de los estudios ambientales
  • Durante la elaboración del estudio
  • Luego de presentado el estudio
  • 2. Audiencia(s) Pública(s) Acto público en el
    que se presenta a la población el Estudio
    Ambiental que está siendo evaluado por la DGAAM.
  • 3. Poner el estudio a disposición pública
    Evaluación Ambiental, Estudio de Impacto
    Ambiental Semidetallado, PAMA de pequeños
    mineros.

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Procedimientos de consulta
  • Estudios a disposición de la población
  • El Titular del Proyecto presenta (2) dos copias
    digitalizadas e impresas, para que lq población
    conozca el proyecto y haga llegar al MEM sus
    aportes, opiniones u observaciones
  • Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros
    (DGAAM)
  • Dirección Regional de Energía y Minas (DREM) y
  • Municipalidad Distrital del lugar en donde se
    llevará a cabo la Audiencia Pública

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COMPROMISO PREVIO PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE
DE LAS ACTIVIDADES MINERAS (D.S. N 042-2003-EM)
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Fundamentalmente se orienta a
  • Buscar la excelencia ambiental.
  • Actuar con respeto, manteniendo una buena
    relación con la población del área de influencia.
  • Mantener un diálogo continuo y oportuno con las
    autoridades, población y sus organismos
    representativos.
  • Lograr con las poblaciones una institucionalidad
    para el desarrollo local.
  • Fomentar preferentemente el empleo local,
    brindando las oportunidades de capacitación
    requeridas.
  • Determinar una política de adquisiciones locales.

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PLANES DE CIERRE
  • 1993, 2003, Planes de Cierre para las operaciones
    mineras (Ley N28098).
  • Reglamento aprobado el 15 de agosto por Decreto
    Supremo N033-2005-EM.

En el 2003 se incorpora el concepto de garantía
para el cumplimiento de los Planes de Cierre, así
como medidas de cierre progresivo, cierre final y
post cierre.
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La regulación ambiental del cierre de minas
busca
  • Evitar la generación de nuevos pasivos
    ambientales mineros.
  • Promover un cierre planificado de las áreas,
    labores e instalaciones utilizadas durante el
    desarrollo de un proyecto minero.
  • Propiciar un enfoque sostenible de la actividad
    minera en el país.

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Objetivos del Plan de Cierre
  • Estabilidad física a largo plazo
  • Estabilidad química a largo plazo
  • Recuperación del área afectada     
  • Uso alternativo de áreas o instalaciones
  • Condiciones de posible uso futuro

Lo más importante Los Planes de Cierre evitarán
la generación de nuevos pasivos ambientales
mineros
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Contenido del PC
  • Medidas y montos de rehabilitación.
  • Garantías financieras.
  • Cronograma anualizado de ejecución.
  • Medidas relativas a
  • El cierre progresivo de áreas, labores o
    instalaciones.
  • Eventuales suspensiones temporales de
    operaciones.
  • El cierre final de la unidad minera.
  • El post cierre.
  • Contenido detallado en el Anexo I del Reglamento.

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Pasivos Ambientales
  • Los pasivos ambientales mineros se generaron por
    la falta de normas ambientales.
  • En el 2004 se aprobó la Ley que regula los
    Pasivos Ambientales de la Actividad Minera (Ley
    Nº 28271).
  • En el 2005 el MEM ha aportado 3000,000.00 de
    nuevos soles para la remediación de Pasivos
    Ambientales Mineros en Cajamarca, a través del
    FONAM.
  • Tres empresas privadas han aportado otros
    3000,000.00 de nuevos soles.
  • El Reglamento de Pasivos Ambientales Mineros fue
    aprobado mediante Decreto Supremo N059-2005-EM.

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Alianza Post Minería
  • Remediación voluntaria sin responsabilidad de
    cargos y sanciones.
  • Constitución de Areas de Conservación Ambiental
    Minera y el otorgamiento de estas a privados o de
    tierras eriazas que contienen pasivos
    ambientales, para usos futuros luego de la
    remediación.
  • Se promoverá la emisión de Bonos de
    Responsabilidad Social Ambiental, con el fin de
    captar fondos para la remediación de los pasivos
    ambientales mineros, los cuales serán
    administrados bajo la modalidad de un fideicomiso.

Decreto Supremo Nº 059-2005-EM, Reglamento de
Pasivos Ambientales de la Actividad Minera
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Alianza Post Minería
  • El MEM respaldará los proyectos de las ONG y la
    sociedad civil que estén orientados a la
    remediación de áreas con PAM que estén a cargo
    del Estado o que cumplan con objetivos de tutela
    del interés público.
  • Apoyará los convenios de Canje de Deuda por
    remediación ambiental.

Decreto Supremo Nº 059-2005-EM, Reglamento de
Pasivos Ambientales de la Actividad Minera
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Conclusiones
  • La legislación ambiental en el Perú ha tenido un
    importante proceso de desarrollo desde 1990.
  • La legislación ambiental minera establece en la
    actualidad, medidas de protección ambiental para
    todas las fases de la actividad minera, desde la
    exploración hasta el cierre.
  • La ejecución de los Planes de Cierre de Minas
    evitará la generación de nuevos pasivos
    ambientales mineros.

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MUCHAS GRACIAS
Ministerio de Energía y Minas
www.minem.gob.pe
2006
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