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Precios de transferencia

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Operaciones con entidades que operen en exclaves aduaneros en r gimen de nula o ... hip tesis a las operaciones con entidades que operen en exclaves aduaneros. ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Precios de transferencia


1
Precios de transferencia
  • Director General de Rentas
  • Cr. Nelson Hernández Lamarque
  • Montevideo, 17 de marzo de 2009

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Contexto internacional
  • Globalización económica
  • Liberalización de mercados de capitales
  • Complejidad de relaciones comerciales
    internacionales
  • Importancia de empresas multinacionales
  • Disparidad de regímenes tributarios

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Planificación tributaria internacional
  • ALGUNAS TÉCNICAS UTILIZADAS
  • Sociedades controladoras extraterritoriales
  • Sociedades controladoras con licencias y patentes
    extraterritoriales
  • Sociedades financieras extraterritoriales
  • Compañías comerciales extraterritoriales

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Planificación tributaria internacional
  • ALGUNAS TÉCNICAS UTILIZADAS
  • Oficina de Administración de Grupo o Centro de
    Coordinación.
  • Compañías de contratación de empleados.
  • Manufactura en un paraíso fiscal.
  • Uso abusivo de los tratados.
  • Fideicomisos extraterritoriales.
  • Compañías de seguros cautivas.
  • Prof. Víctor Uckmar Conferencia CIAT- Lisboa
    2003

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Administración tributaria
  • OBJETIVOS
  • Resguardar la base tributaria nacional.
  • Desalentar la planificación fiscal nociva.
  • Limitar el desarrollo de maniobras evasivas.
  • Trato equitativo a los contribuyentes que actúan
    en un plano local y a los que lo hacen
    internacionalmente.
  • Anticipar situaciones de elusión y evasión, para
    adoptar oportunamente normas de reglamentación y
    auditoría efectivas.
  • Alentar, finalmente, el cumplimiento voluntario.
  • María Cecilia Ventura Conferencia CIAT- Lisboa
    2003

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Planificación tributaria internacional
  • MEDIDAS DE PROTECCIÓN
  • Reglas generales contra la elusión.
  • Legislación sobre sociedades extranjeras
    controladas (SEC).
  • Reglas sobre subcapitalización.
  • Medidas para contrarrestar la transferencia de
    residencia.
  • Precios de transferencia.
  • Medidas relacionadas con pagos a países con
    regímenes de baja tributación.
  • Medidas contra el uso abusivo de los tratados.
  • Prof. Víctor Uckmar Conferencia CIAT- Lisboa
    2003

7
Reglas generales contra la elusión
  • Principio de la realidad económica
  • Principio de plena competencia
  • Operaciones relativas a bienes tangibles
  • Retención en la fuente - Imputación de giros o
    créditos

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Reglas generales contra la elusión
  • Principio de la realidad económica
  • Las formas jurídicas adoptadas por los
    particulares no obligan al intérprete éste
    deberá atribuir a las situaciones y actos
    ocurridos una significación acorde con los
    hechos, siempre que del análisis de la norma
    surja que el hecho generador fue definido
    atendiendo a la realidad y no a la forma jurídica.

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Reglas generales contra la elusión
  • Principio de plena competencia
  • i) Operaciones relativas a bienes tangibles
  • Mercado interno
  • Cuando en una actividad gravada se manufacturen
    o comercialicen bienes o materias primas
    producidas por explotaciones no gravadas, los
    valores de ingreso al patrimonio de tales bienes
    no podrán ser superiores al precio de costo en
    plaza a la fecha del ingreso.

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Reglas generales contra la elusión
  • Principio de plena competencia
  • i) Operaciones relativas a bienes tangibles
  • Comercio internacional
  • Ingresos provenientes de la exportación
  • Precio de venta mayorista en el lugar de destino
    menos costo, seguro, flete y gastos de venta
  • Costos provenientes de la importación
  • Precio de costo mayorista en el lugar de origen
    más costo, seguro y flete
  • Subsidiariamente resultados de empresas
    independientes con similar actividad

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Reglas generales contra la elusión
  • Principio de plena competencia
  • ii) Retención en la fuente - Imputación de pagos
    o créditos
  • No se toman en cuenta los que correspondan
    a operaciones comerciales o financieras, a la
    vista o a plazo, efectuadas en las mismas
    condiciones comerciales y financieras que se
    realizarían entre personas jurídicas y
    económicamente independientes.

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Los precios de transferencia en Uruguay
  • LEGISLACIÓN DOMÉSTICA
  • Ley Nº 18.083 de 27 de diciembre de 2006
  • Dto. Nº 56/009 de 26.01.009

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Los precios de transferencia en Uruguay
  • OBJETIVOS
  • Alinearse con la normativa internacional.
  • Generar clima de negocios para los inversores
    extranjeros.
  • Marco jurídico adecuado para su implementación.

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PRINCIPIO DE PLENA COMPETENCIAArt.38 T.4 T.O.
1996
Los precios de transferencia en Uruguay
  • Cuando las operaciones que se realicen con
    personas o entidades vinculadas no se ajusten a
    las prácticas del mercado entre entidades
    independientes, lo que deberá ser probado
    fehacientemente por la Administración Tributaria,
    las mismas se ajustarán.

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Sujetos comprendidosArt.1 Dto.56/009
Los precios de transferencia en Uruguay
  • Contribuyentes y responsables
  • Quienes realicen operaciones con entidades
    vinculadas NR (constituidas, domiciliadas,
    radicadas, residentes o ubicadas en el exterior)
    y
  • estén comprendidos en el art.3 del Título 4, o
  • contribuyentes de IRPF que tributen IRAE (por
    opción o preceptivamente) y realicen operaciones
    con entidades vinculadas NR
  • Quienes efectúen operaciones con entidades
    ubicadas en países o que se beneficien de un
    régimen de baja o nula tributación o que operen
    en territorio nacional y se beneficien de un
    régimen de baja o nula tributación.

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OPERACIONES COMPRENDIDAS Art.39 T.4 T.O. 1996
Los precios de transferencia en Uruguay
  • Configuración de la operación
  • Operaciones con no residentes
  • Operaciones con entidades que operen en exclaves
    aduaneros en régimen de nula o baja tributación

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VINCULACIÓN - Art. 39 T.4 Artículo 2 Dec. 56/009
Los precios de transferencia en Uruguay
  • Configuración de la vinculación
  • Dirección o control de ambas partes, directa o
    indirectamente, por las mismas personas físicas o
    jurídicas.
  • Tengan el poder de decisión para orientar o
    definir las actividades por
  • Participación en el capital
  • Nivel de sus derechos de crédito
  • Influencias funcionales
  • Otras

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REGÍMENES DE BAJA O NULA TRIBUTACIÓNArt. 40 T.4
Los precios de transferencia en Uruguay
  • Las operaciones con países de baja o nula
    tributación se presumirán, sin admitir prueba en
    contrario, realizadas entre partes vinculadas y
    no serán consideradas ajustadas a las prácticas o
    valores normales de mercado entre partes
    independientes, por lo tanto se deberán ajustar.
  • Se incluyen en esta hipótesis a las operaciones
    con entidades que operen en exclaves aduaneros.

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Países de baja o nula tributaciónArt.3 Dto.56/009
Los precios de transferencia en Uruguay
  • Lista de 33 países.
  • Posibilidad de excluir países de la lista.
  • Facultad a la DGI para agregar países

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MÉTODOS DE AJUSTE Art. 41 T.4
Los precios de transferencia en Uruguay
  • No se establece orden preferencial. Más apropiado
  • La Ley prevé los siguientes
  • Precios comparables entre partes independientes.
    Lit. a) Art.4 Dto. 56/009 comparable interno o
    externo.
  • Precio de reventa. b) ut. bruta s/ventas.
  • Costo incrementado. c) ganancia bruta, ut.bruta
    s/CV.
  • División de ganancias. d) aplicado entre partes
    independientes.
  • Margen neto de la transacción. e) margen ganancia
    interno o externo.
  • Otros que determine la reglamentación

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MÉTODOS DE AJUSTE
Los precios de transferencia en Uruguay
  • Análisis de partes intervinientes. Art.5
    Dto.56/009
  • Sujeto local o del exterior.
  • Sujeto del exterior prueba documentada
    certificada en país de origen.
  • Transacciones comparables. Art.6 Dto.56/009
  • Siempre que no existan diferencias que afecten el
    precio, el margen o el monto.
  • Eliminar diferencias en virtud de ajustes

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MÉTODOS DE AJUSTE
Los precios de transferencia en Uruguay
  • Transacciones comparables. Art.6 Dto.56/009
  • Elementos a considerar para ajuste diferencias
  • Características de las transacciones
  • Funciones o actividades, activos utilizados y
    riesgos asumidos.
  • Términos contractuales
  • Circunstancias económicas
  • Estrategias comerciales

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MÉTODOS DE AJUSTE
Los precios de transferencia en Uruguay
  • Cuantificación y eliminación de diferencias.
  • Art.7 Dto.56/009
  • Elementos a considerar
  • Plazo de pago valor de intereses.
  • Cantidades negociadas documentación descuentos o
    bonificaciones.
  • Propaganda o publicidad distinción finalidad
    promoción, empresa o producto.
  • Costo de intermediación
  • Acondicionamiento, flete y seguro.
  • Naturaleza física y de contenido.
  • Diferencias de fecha de celebración de las
    transacciones
  • Conversión moneda
  • Variaciones accidentales de cotización

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MÉTODOS DE AJUSTE
Los precios de transferencia en Uruguay
  • Criterios de ajuste. Art.8 Dto.56/009
  • 2 o transacciones comparables determinación
    de la mediana y rango intercuartil de precios o
    márgenes.
  • Si el valor fijado por el contribuyente
  • Dentro del rango se considera pactado entre
    partes independientes.
  • Si no si es lt 1er cuartil mediana - 5
  • si es gt 3er cuartil mediana 5

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MÉTODOS DE AJUSTE
Los precios de transferencia en Uruguay
  • Criterios de ajuste. Art.8 Dto.56/009

300
3er cuartil
Si el precio fijado en la operación fuera de
150
190
mediana
Esta dentro del rango
100
1er cuartil
Se considera realizado entre partes
independientes
26
MÉTODOS DE AJUSTE
Los precios de transferencia en Uruguay
  • Criterios de ajuste. Art.8 Dto.56/009

300
Si el precio fijado en la operación fuera de
3er cuartil
70
190
mediana
No esta dentro del rango. lt 1er cuartil
100
1er cuartil
Mediana 5 180,5
27
MÉTODOS DE AJUSTE
Los precios de transferencia en Uruguay
  • Criterios de ajuste. Art.8 Dto.56/009

3000
Si el precio fijado en la operación fuera de
3er cuartil
2500
2900
mediana
No esta dentro del rango. lt 1er cuartil
2800
1er cuartil
Mediana 5 2755 2800
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MÉTODOS DE AJUSTE Art. 42 T.4
Los precios de transferencia en Uruguay
  • Operaciones de importación y exportación, con
    precio internacional público y notorio
  • Mercado transparente
  • Mercado de valores
  • No requiere vinculación
  • Reversión carga de la prueba
  • Vigencia inmediata

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MÉTODOS DE AJUSTE Art. 43 T.4
Los precios de transferencia en Uruguay
  • Operaciones de commodities o con mercados
    transparentes con vinculados e intermediarios
  • Valor de cotización del bien en el mercado
    transparente del día de la carga de la
    mercadería.
  • Salvo que el intermediario
  • Tenga establecimiento real en el exterior
  • Su actividad principal no sea obtención de
    rentas pasivas, operaciones comerciales con
    Uruguay o entidades vinculadas
  • Las operaciones con la empresa nacional o sus
    vinculadas, no superen el 30 de sus operaciones
    internacionales

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Operaciones de importación y exportación a través
de intermediarios.
Los precios de transferencia en Uruguay
  • Art.10 Dto.56/009. Información a considerar
    literales A), B) y C) del inciso segundo del
    artículo 43 T.4
  • Correspondiente al año fiscal que se liquida por
    el sujeto pasivo importador e exportador.
  • Si fecha intermediario no coincide, último
    ejercicio anual intermediario.
  • Facultad DGI fijar igual período.
  • Art. 11 Dto.56/009. Prueba requisitos A), B) y C)
    fundada en comprobantes fehacientes y concretos.
  • Relación de compras y ventas y de ingresos y
    egresos.

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Operaciones de importación y exportación
Los precios de transferencia en Uruguay
  • Art.12 Dto.56/009. Rentas pasivas
  • Art. 13 Dto.56/009. Precio internacional de
    público y notorio conocimiento valor de
    cotización del bien en el mercado transparente
    correspondiente al día de expedición de la carga.
  • Transporte por otros medios DGI determinará
    pautas.

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PENALIZACIÓN
Los precios de transferencia en Uruguay
  • Régimen general de infracciones
  • Sanciones acumulables
  • Mora
  • Multa 20 sobre el impuesto.
  • Recargos 4 mensual capitalizable
    cuatrimestralmente
  • Defraudación
  • De una a quince veces el impuesto defraudado o
    pretendido defraudar

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SAFE HARBOURS Art. 44 T.4
Los precios de transferencia en Uruguay
  • Se faculta al Poder Ejecutivo a establecer con
    carácter general, para la determinación de la
    renta de fuente uruguaya, regímenes especiales de
    utilidad presunta en atención, entre otras, a las
    modalidades de las operaciones, giro o
    explotación.

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IMPLEMENTACIÓN
Los precios de transferencia en Uruguay
  • Limitación del secreto de actuaciones Art. 45
    T.4
  • El secreto no será aplicable respecto de la
    información necesaria para la determinación de
    precios.
  • Declaraciones juradas especiales Art. 46 T.4
  • Suministro de información de costos, márgenes de
    utilidad, etc. para la fiscalización de las
    operaciones.

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ACUERDOS BILATERALES Art. 46 T.4
Los precios de transferencia en Uruguay
  • Acuerdos con otros Estados que habiliten
  • Inspecciones simultáneas
  • Intercambio de información

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DECLARACIÓN JURADA - DOCUMENTACIÓN
Los precios de transferencia en Uruguay
  • Art.14 Dto.56/009 Contribuyentes que determine
    DGI deberán presentar DJ.
  • Art.15 Dto.56/009 DGI podrá requerir la
    presentación de comprobantes y justificativos.
  • Plazo no menos a 8 meses desde fecha de cierre.
  • VIGENCIA Art.16 Dto.56/009 a partir del
    1/01/2009.

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Reglamentos de la Administración Tributaria
  • Orientada a proveer definiciones claras sobre
  • Documentación
  • Informes que permitan
  • Procesar la información
  • Auditorias eficientes
  • Reglamentar la información que debe incluir la
    documentación comprobatoria con base en las
    diferentes metodologías establecidas en la ley.

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Reglamentos de la Administración Tributaria
  • Información a ser presentada
  • Contenido de la declaración Informativa de PT
  • Monto
  • Tipo de Operación
  • Parte relacionada
  • Métodos Utilizados
  • Determinación de márgenes por transacción
  • Información de precios, productos y mercados.
  • Plataforma amigable
  • Formato estándar para el procesamiento de la
    información

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APLICACIÓN DEL RÉGIMEN
Los precios de transferencia en Uruguay
  • Precedencia de aplicación
  • Realidad económica
  • Precios de transferencia
  • Principio general de plena competencia
    internacional
  • En los casos en que no sea aplicable el sistema
    de precios de transferencia, las rentas de fuente
    uruguaya derivadas de operaciones de exportación
    e importación, se determinarán atendiendo a los
    valores FOB o CIF de las mercaderías exportadas o
    importadas (a precios de plena competencia).

40
  • MUCHAS
  • GRACIAS
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