Asuntos espaoles relevantes Tribunal Supremo Audiencia Nacional - PowerPoint PPT Presentation

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Asuntos espaoles relevantes Tribunal Supremo Audiencia Nacional

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Asuntos espa oles relevantes. Tribunal Supremo. Audiencia Nacional. Mag. Mercedes Pedraz Calvo ... Suficiencia y calidad (no abierta, d bil o imprecisa la inferencia) ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Asuntos espaoles relevantes Tribunal Supremo Audiencia Nacional


1
Asuntos españoles relevantesTribunal
SupremoAudiencia Nacional
  • Mag. Mercedes Pedraz Calvo
  • Jean Claude Tron

2
Embalajes o Cartón ondulado
  • Caducidad no implica prescripción
  • No impide reponer procedimiento
  • Presunciones e indicios suficientes superan a
    presunción de inocencia
  • Indicios plenamente probados
  • Explicitar razonamiento
  • Difícilmente hay huella documental, idoneidad
  • Motivación en prueba indiciaria Canon
  • Lógica o cohesión, razonable Indicios ? Hechos
  • Suficiencia y calidad (no abierta, débil o
    imprecisa la inferencia)
  • Razona como pruebas acopiadas ? probados
    determinados hechos ? constitutivos infracción

3
Embalajes o Cartón ondulado
  • Tutela a propiedad intelectual y DDC
  • Califica contrato
  • Mixto (patente, know how y marca) no franquicia
  • Ratio de restricciones legítimas y excepciones a
    competencia (aún en franquicia)
  • Ventajas a usuarios y consumidores
  • Prohíbe restricciones innecesarias
  • Prohíbe eliminar competencia en lo sustancial de
    productos o servicios

4
Embalajes o Cartón ondulado
  • Restricción a competencia solo por eficiencia
    probada
  • Mejora en producción o comercialización
  • Progreso tecnológico o económico
  • Ventajas se reflejen en usuarios y consumidores
  • Acreditar plenamente necesidad de limitaciones
    para obtener los objetivos buscados

5
Embalajes o Cartón ondulado
  • Retroactividad por normas más favorables
  • RECATT no es aplicable, excluido de restricciones
    graves a competencia
  • Motivación de sanción es proporcionada y toma en
    cuenta los criterios para determinación
  • Modalidad y alcance de restricción
  • Dimensión del mercado y cuota de la empresa
  • Efecto en competidores, usuarios y consumidores
    (efectivos y potenciales)
  • Duración de práctica
  • Reiteración de conductas

6
Alimentos Infantiles
  • Caducidad procedimiento, no implica prescripción
    e inicio
  • Excluye aplicar caducidad si implicado interés
    público
  • Interés público por potestad sancionadora
  • No anula el acto, sino archivo de expediente con
    reinicio de un nuevo expediente
  • Inexistencia de un plazo máximo ? ponderar
  • Ley no debe interpretarse de manera que conduzca
    a resultados absurdos STS
  • Plazos son para equilibrar garantías, igualdad de
    armas, imposibilitan plazos breves y tasados STS

7
Alimentos Infantiles
  • Vicios procedimentales
  • Al investigar infracción (fijar precios de venta)
    se advierte otra (usar canal exclusivo de
    distribución sin justificación) la acusación se
    sigue por lo que es su propia actividad,
    legítimo, actuar de oficio.
  • Pruebas no fueron ilegítimamente obtenidas (árbol
    envenenado).
  • Inatendible, recurrentes las aportaron con
    ánimo exculpatorio, además no es la única prueba.
  • Información reservada que se usa en contra, sin
    advertir que le pueda ser imputada una
    infracción. No impide usarla
    STS.
  • Distinguir 2 momentos
  • a) Imputación de hechos y
  • b) Calificación.
  • En cada momento hay posibilidad de alegar en
    contra.

8
Alimentos Infantiles
  • Precio recomendado y un canal exclusivo de
    distribución, farmacias, lo convierte en precio
    fijo.
  • Hace que la competencia desaparezca
  • Consumidor, donde compre el producto, siempre
    tendrá el mismo precio
  • La fijación de precio se consuma por la
    aceptación del distribuidor

9
Alimentos Infantiles
  • Niegan comportamiento colusorio
  • Leyenda venta en farmacias solo promocional
  • No aparece en todos los envases
  • Presunción válida del TDC (Sustancia vs. Forma)
  • Leyenda en alta proporción de envases
  • Anuncian en medios, venta en canal farmacéutico
  • Inducen al consumidor, además no disponibles en
    negocios de alimentación
  • Distribución selectiva se justifica solo por a)
    necesidad, b) proporcionalidad y c) no
    discriminación
  • Cuota de alimentos infantiles en farmacias, de
    hecho alcanza a totalidad del mercado y
    territorio, aunque no supera 10 del mismo.

10
Alimentos Infantiles STS
  • Presunción válida del TDC (Sustancia vs. Forma)
  • No irrazonable ni arbitrario afirmar que Nestlé
    España ha realizado prácticas restrictivas,
    acordando concertadamente precios con demás
    empresas del sector
  • Envases con PVP y la impresión del anagrama de
    venta en farmacias o venta exclusiva en
    farmacias, no se explica racionalmente esta
    práctica común por decisiones unilaterales de los
    fabricantes o de los distribuidores que compiten
    en este mercado, sino asociada a
  • una práctica de distribución selectiva de estos
    productos alimenticios infantiles no lácteos a
    través del canal farmacéutico, que excluye a los
    otros centros de distribución relevantes en el
    sector de la alimentación,

11
Alimentos Infantiles STS
  • Presunción válida del TDC (Sustancia vs. Forma)
  • que reduce los márgenes de comercialización,
  • que constituye una práctica de control de la
    distribución perjudicial para
  • otros empresarios competidores y para los
    consumidores, sancionada como práctica
    restrictiva de la competencia por el citado
    precepto legal

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Alimentos Infantiles STS
  • Presunción válida del TDC (Sustancia vs. Forma)
  • SAN y TDC no desconocen sino aplican la doctrina
    del TJCE, que exige para considerar probada la
    concentración de empresas con el objeto de
    producir o poder producir prácticas colusorias
    que no concurra otra explicación legítima que
    justifique la alineación en la conductas,
    conforme a lo dispuesto en el artículo 81 del
    Tratado de la Comunidad Europea,
  • las conductas colusorias no pueden obedecer a una
    decisión unilateral de cada fabricante, al no
    oponerse ningún elemento o circunstancia, que
    permita deducir la causa de los comportamientos
    paralelos que coinciden en elementos esenciales
    de política comercial de sus empresas, tanto en
    la fijación del precio de venta al público como
    en su distribución.

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Alimentos Infantiles
  • Motivación sanción
  • Proporcionalidad Criterios cuantificación y
    graduación de sanciones, deben acomodarse al caso
  • Constata que TDC tomó en cuenta los factores
    relevantes y circunstancias de mercado y
    producción
  • Concluye que argumentación es motivación
    suficiente
  • Perjuicio a consumidores y Economía Nacional
  • Distribución selectiva
  • Requisitos y fines, régimen de exclusión, al
    restringir concurrencia
  • No hay ventajas o eficiencia para consumidores y
    economía

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Alimentos Infantiles STS Motivación
  • el cumplimiento de los deberes de motivación
    y de congruencia se traduce, en síntesis, en una
    triple exigencia de un lado,
  • la exteriorización de un razonamiento que, siendo
    jurídico, por discurrir sobre aquello que en
    Derecho pueda ser relevante, se perciba como
    causa de la decisión a la que llega el juzgador
    de otro,
  • la extensión de tal razonamiento, explícita o
    implícitamente, a las cuestiones que, habiendo
    sido planteadas en el proceso, necesiten ser
    abordadas por depender de ellas la decisión y,
    en fin,
  • una decisión cuyo sentido abarque,
    inequívocamente, todas las pretensiones
    deducidas.
  • Conforme es doctrina de esta Sala, advertida en
    la sentencia de 10 de marzo de 2003 (RC
    7083/1997), que se reitera en la sentencia de 25
    de enero de 2006 (RC 3857/2003),

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Alimentos Infantiles STS Congruencia
  • La congruencia de las sentencias no requiere una
    exhaustiva argumentación que discurra paralela
    con las alegaciones de las partes, bastando con
    un razonamiento suficiente que
  • dé cumplida respuesta a las pretensiones de los
    sujetos de la relación procesal.
  • Y que, tal y como afirma la doctrina
    constitucional, tratándose, no de las
    pretensiones, sino de las alegaciones aducidas
    por las partes para fundamentarlas,
  • no es necesaria una contestación explícita y
    pormenorizada a todas y cada una de ellas, siendo
    suficiente, en atención a las circunstancias
    particulares del caso,
  • una respuesta global y genérica, aunque se omita
    respecto de alegaciones concretas no sustanciales.

16
Reciclado Vidrio
  • Tipo infractor, basta peligro y que tienda a
    lesionar el fin tutelado
  • Define mercado relevante
  • Acreditado el reparto geográfico del mercado de
    calcín, zonificación
  • Abuso de poder
  • Excluyen y no permiten entrar a competidores en
    asociación
  • Proporcionalidad en sanciones
  • Regulación
  • Aspectos a considerar
  • Beneficio si incumple
  • Adecuación entre gravedad hecho y sanción
  • Intencionalidad o reiteración
  • Naturaleza de los perjuicios
  • Reincidencia
  • Motivación en sanciones, basta síntesis de
    razonabilidad y exhaustividad

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Sanciones LFCE
  • Corrección
  • Desconcentración
  • Multas
  • Información falsa
  • Práctica absoluta
  • Práctica relativa
  • Concentración
  • Falta notificar concentración
  • Incumplir condiciones
  • Representantes de empresas morales
  • Coadyuvantes
  • Incumplir resolución
  • Reincidentes
  • Servidores públicos responsabilidad
    administrativa
  • Daños y perjuicios a otros agentes

18
Sanciones LFCE México
19
Multas, factores a ponderarMéxico
  • Gravedad de infracción
  • Daño causado
  • Indicios de intencionalidad
  • Participación en mercados
  • Tamaño del mercado afectado
  • Duración de práctica o concentración
  • Reincidencia
  • Antecedentes del infractor
  • Capacidad económica

20
Derecho administrativo sancionador
PrincipiosEspaña
  • Legalidad
  • Tipicidad
  • Irretroactividad
  • Responsabilidad
  • Proporcionalidad

21
Sujetos sancionables
  • Sanciones
  • Agentes económicos, empresas, asociaciones o
    agrupaciones
  • Representantes o integrantes de órganos directivos

22
Catálogo básico Sanciones

1 Hasta el volumen de negocios total de la
empresa afectado por la infracción en el
ejercicio inmediatamente anterior al de
imposición de la multa.
23
Determinación importe sanciones, factores a
considerar
24
STS Motivación Alimentos Infantiles
  • Tribunal Europeo de Derechos Humanos (Sentencias
    de 9 de diciembre de 1994, Caso Hiro Balani
    contra España y Caso Ruíz Torija contra España),
    la exposición de un razonamiento suficiente,
    aunque no obligue al juez a realizar una
    exhaustiva descripción del proceso intelectual
    que le lleve a resolver en un determinado sentido
    ni le impone un concreto alcance o intensidad
    argumental en el razonamiento, de modo que el
    juez incurre en incongruencia cuando efectúa
    razonamientos contradictorios o no expresa
    suficientemente las razones que motivan su
    decisión, pero no cuando se puede inferir de la
    lectura de la resolución jurisdiccional los
    fundamentos jurídicos en que descansa su fallo..
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