Proyecto de Ley 26 para el Desarrollo de las Escuelas Charters en PR - PowerPoint PPT Presentation

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Proyecto de Ley 26 para el Desarrollo de las Escuelas Charters en PR

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Las escuelas 'charters' aceptan en su matr cula a estudiantes fuera de su regi n ... y operadas por organizaciones sin fines de lucro, cooperativas, y/o entidades ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Proyecto de Ley 26 para el Desarrollo de las Escuelas Charters en PR


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Proyecto de Ley 26 para el Desarrollo de las
Escuelas Charters en PR
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P. del S. 26
  • La propuesta de la Escuelas Charters fue
    presentada por el Sr. Arango Vinent como
    respuesta de la Asamblea Legislativa para cumplir
    con la ley federal No Child Left Behind.
  • Las escuelas charters son escuelas pĆŗblicas,
    pero independientes del sistema de instrucciĆ³n
    pĆŗblica.
  • Flexibilidad y libertad con respecto a
    currĆ­culos.
  • AdministraciĆ³n de sus instalaciones.
  • Determinan calendario escolar.
  • SelecciĆ³n de personal.
  • Las escuelas charters aceptan en su matrĆ­cula a
    estudiantes fuera de su regiĆ³n educativa.
  • Estas escuelas pueden ser creadas y operadas por
    organizaciones sin fines de lucro, cooperativas,
    y/o entidades estatales o municipales.
  • Las entidades privadas de lucro, escuelas
    privadas, escuelas sectarias y/o escuelas
    religiosas o afiliadas a una religiĆ³n no podrĆ”n
    ser peticionarias de escuelas charters.

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P. del S. 26
  • Se crearĆ” una Junta Acreditadora Estatal de
    Escuelas Charters compuestas por 19 miembros
  • RepresentaciĆ³n del DEPR (1), de la oficina del
    Comisionado Residente (2), del Senado y la CƔmara
    de Representantes (4), instituciones
    universitarias (2) y maestros del sistema de
    educaciĆ³n pĆŗblica (10).
  • Entre sus responsabilidades
  • Evaluar y aprobar propuestas de peticionarios
    para escuelas charters.
  • Supervisar a las escuelas charters.
  • Recomendar a la Asamblea Legislativa la adopciĆ³n
    de legislaciĆ³n relativa a las escuelas
    charters.
  • Delegar en el Secretario de EducaciĆ³n la
    implementaciĆ³n de aquellas polĆ­ticas que
    establezcan la Junta en relaciĆ³n a las escuelas
    charters.
  • TendrĆ” autoridad legal para contratar, para
    demandar y ser demandada.

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P. del S. 26
  • La propuesta contempla dos tipos de escuelas
    charters
  • Regulares aquellas que desde sus orĆ­genes son
    charters.
  • Por conversiĆ³n escuelas pĆŗblicas que optan por
    convertirse en charter de acuerdo a las
    disposiciones de ley.
  • Los fondos de las escuelas charters pueden
    provenir del gobierno federal, corporaciones
    privadas y a travƩs de propuestas a fundaciones y
    otros grupos.
  • Las escuelas pueden perder su condiciĆ³n de
    charteral no cumplir con el acuerdo o contrato
    de su establecimiento, ya sea por los objetivos
    de aprovechamiento acadƩmico o por problemas
    financieros.
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