Title: La Proteccin Internacional de los Derechos de Autor y Derechos Conexos y sus posibles implicaciones
1La Protección Internacional de los Derechos de
Autor y Derechos Conexos y sus posibles
implicaciones en materia de observancia.
Peritajes y Rol de las oficinas de Derecho de
Autor como auxiliares del M. P.
2Reflexiones acerca de la Propiedad Intelectual
- Nunca escojo una cosa sin pensar como puedo
mejorarla. - Thomas Edison
- Con nuestros pensamientos, hacemos el mundo.
- Siddharta Gautama
Buddha - La mejor manera de tener una buena idea es tener
muchas ideas. - Linus Pauling
3I. Protección Internacional y Observancia
4Reconocimiento jurídico del derecho de autor y
los derechos conexos
Convenios y Tratados Multilaterales
- Convenio de Berna de 1886 para la protección de
obras literarias y artísticas. - Declaración Universal de los Derechos Humanos de
1948. - Convención Universal sobre Derecho de Autor de
1952.
- Convención de Roma de 1961 sobre la protección de
los artistas, interpretes o ejecutantes, los
productores de fonogramas y los organismos de
radiodifusión.
5Reconocimiento jurídico del derecho de autor y
los derechos conexos
- Convenio de Ginebra de 1971 para la protección de
los productores de fonogramas contra la
reproducción no autorizada de sus fonogramas.
- Convenio de Bruselas de 1974 sobre la
distribución de señales portadoras de programas
transmitidas por satélite.
6Reconocimiento jurídico del derecho de autor y
los derechos conexos
- Acuerdo sobre los ADPIC (1994)
- Tratado de la OMPI sobre Derecho de Autor (WCT o
TODA) (1996)
- Tratado de la OMPI sobre interpretación o
ejecución y fonogramas (WPPT o TOIEF) (1996)
7Reconocimiento jurídico del derecho de autor y
los derechos conexos
- Tratados bilaterales o multilaterales
- La constitución de bloques comerciales
Todo lo anterior plantea que la PI es una
materia con un nivel de acuerdo internacional muy
importante y con un nivel de protección muy
complejo
8CONVENIO DE BERNA
Objetivos
- Proteger las obras literarias y artísticas
- Armonizar, en la medida de lo posible las
legislaciones de derecho de autor de las partes
contratantes. - Establecer normas mínimas de protección, que
pueden ser superadas por las legislaciones
nacionales de los países contratantes - Establecer los principios rectores del DA
9CONVENIO DE BERNA
Principios básicos
- Principio de trato nacional (art. 5.1 de CB)
- Principio de protección automática (art. 5.2 de
CB) - Principio de independencia de la protección
(art.5.2 de CB) - Estos principios orientan las legislaciones
nacionales de las partes contratantes.
10CONVENIO DE BERNA
- Principal aporte del CB estable normas de
carácter sustantivo que conceden al autor una
serie de derechos exclusivos y fija el alcance de
los mismos. Así el CB establece - a. El concepto de obra protegida (art.2)
- b. Derechos reconocidos morales (art.6 bis) y
patrimoniales (art.8,9,11, 11 bis, 11 ter, 14, 14
bis y 14 ter)
11CONVENIO DE BERNA
- c. Vigencia de la protección (at.7 y art. 7 bis)
- d. Regla de los 3 pasos (art.9,2)
- No establece el CB, porque no es su objetivo,
normas de observancia específicas, excepto para
el comiso de obras falsificadas (art.16) pero
remitiéndonos a la legislación de cada país.
12CONVENCION DE ROMA
- Objetivos
- Su principal objetivo es permitir a los
titulares de los derechos protegidos la fijación
y explotación de sus interpretaciones o
ejecuciones, de sus fonogramas y de sus emisiones
de radiodifusión. - Proteger de manera especial, actividades que
estan vinculadas a la difusión de la obra y no
a su creación y por eso se le reconoce a
- Artistas, intérpretes y ejecutantes.
- Productores de fonogramas.
- Organismos de radiodifusión.
13CONVENCIÓN DE ROMA
- Conexión con el CB
- La CR contiene una salvaguardia del derecho de
autor al establecer que su protección no afectará
la protección de las obras literarias y
artísticas. - La distinta naturaleza de los derechos tutelados
y la salvaguardia mencionada impide la existencia
de contradicciones.
14CONVENCION DE ROMA
Protección de los AIE, PF y OR
- Básicamente se refiere al derecho de autorizar o
prohibir - La fijación, reproducción y comunicación de sus
interpretaciones o ejecuciones, sin importar el
medio o procedimiento. - la reproducción directa o indirecta de sus
fonogramas y a recibir una remuneración
equitativa por su comunicación al público. - La fijación, reproducción y la retransmisión de
sus emisiones por cualquier medio.
15ACUERDO SOBRE LOS ADPIC
Objetivos
- Crear un marco multilateral de principios,
normas y disciplinas relacionados con el comercio
internacional. - Estipular condiciones mínimas en el plano mundial
de protección de la propiedad intelectual. - Establecer normas claras relativas a la
existencia, alcance y ejercicio de los derechos
de propiedad intelectual, normas de observancia y
normas para la prevención y solución de
diferencias.
16ACUERDO SOBRE LOS ADPIC
Características principales
- No va en contra del CB, por el contrario, adopta
sus normas fundamentales (art.1 al 21 menos el 6
bis) - No reemplaza los demás convenios existentes sino
que los complementa. - Exige que las partes observen las disposiciones
sustantivas del CB, aunque no obliga a las partes
a proteger los derechos morales. - Garantiza que los programas de ordenador serán
protegidos como obras literarias en virtud del
CB. - Estipula las condiciones en que las bases de
datos serán protegidas por el DA
17ACUERDO SOBRE LOS ADPIC
Carácterísticas principales
- Exige que se confiera a los autores de los
programa de ordenador y a los productores de
fonogramas el derecho de autorizar o prohibir el
alquiler de sus obras. - Amplía la regla de los 3 pasos a otras
modalidades de explotación. - Exige que se otorgue a los AIE, protección contra
la grabación y difusión no autorizadas de sus
interpretaciones o ejecuciones en directo - Elevó de 20 a 50 años la protección a los AIE y
PF.
18ACUERDO SOBRE LOS ADPIC
Carácterísticas principales
- En materia de observancia, cada miembro se
asegurará de - - Adoptar medidas eficaces contra acciones
infractoras incluyendo recursos ágiles para
evitarlas y recursos que constituyen un medio
eficaz de disuación de nuevas infracciones. - - Que los procedimientos sean justos y
equitativos, desprovistos de complejidad, ni que
impliquen plazos injustificables o retrasos
innecesarios.
19ACUERDO SOBRE LOS ADPIC
Carácterísticas principales
- Cada parte establecerá proedimientos y sanciones
penales al menos para los casos de piratería
lesiva del derecho de autor a escala comercial. - Esto incluye la posibilidad de aplicar penas de
prisión y/o la imposición de sanciones
pecuniarias suficientemente disuasorias. - En términos generales, este acuerdo aborda
aspectos procesales que antes se dejaban a
criterio de la legislación nacional.
20TRATADO DE LA OMPI SOBRE DERECHO DE AUTOR (WCT)
Objetivos
- El objetivo fundamental es actualizar la
protección otorgada por el CB a la era digital. - Aspectos fundamentales
- Los programas informáticos y las bases de datos
quedan protegidos como obras literarias. - Otorga de forma clara a los autores el derecho
exclusivo de autorizar o prohibir la distribución
de copias de sus obras. - Establece el derecho de alquiler comercial a los
autores de programas informáticos y de obras
incorporadas en fonogramas.
21TRATADO DE LA OMPI SOBRE DERECHO DE AUTOR (WCT)
- Aspectos fundamentales
- Amplía el derecho de comunicación al público para
todos los tipos de obras y se introduce el
concepto de puesta a disposición del público. - Establece que la fotografía tendrá el mismo plazo
de protección que el resto de las obras. - Se pueden establecer limitaciones y excepciones
usando el criterio triple para todas las
modalidades de explotación.
22TRATADO DE LA OMPI SOBRE DERECHO DE AUTOR (WCT)
- Aspectos fundamentales
- Establece las medidas tecnológicas de protección
y la información sobre la gestión de derechos - Obliga a las partes contratantes a tomar las
medidas necesarias para la aplicación del tratado
(medidas de observancia)
23TRATADO DE LA OMPI SOBRE INTERPRETACION O
EJECUCION y FONOGRAMAS(WPPT)
Objetivos
- El objetivo fundamental es actualizar la
protección otorgada por el CR a la era digital. - Ampliar el alcance de la protección de los
derechos de los AIE y los productores de
fonogramas. - Aspectos fundamentales
- Otorga a los AIE los derechos de reproducción
(digital), distribución, alquiler, puesta a
disposición de las interpretaciones o ejecuciones
fijadas y el de remuneración por radiodifusión y
comunicación al público.
24TRATADO DE LA OMPI SOBRE INTERPRETACION O
EJECUCION Y FONOGRAMAS (WPPT)
- Aspectos fundamentales
- Igualmente concede a los productores de
fonogramas los derechos de reproducción,
distribución, derecho de alquiler y el de puesta
a disposición de los fonogramas. - Se conceden a los AIE los derechos morales de
paternidad e integridad. - Amplía la regla del criterio triple.
- Establece obligaciones relativas a las medidas
tecnológicas y a la información sobre la gestión
de derechos.
25I. Peritajes y Rol de las oficinas de Derecho de
Autor como auxiliares del Ministerio Público
26PERITAJES
- En términos simples un peritaje es el dictamen
proferido por un especialista de una rama del
conocimiento literario, artístico y científico
sobre un asunto sometido a su análisis, con el
objeto de brindar luces en una materia sobre la
cual existe controversia.
27PERITAJES
- Este dictamen, como medio de prueba, presenta
algunas particularidades en el derecho de autor
que hay que distinguir - a. Identificación de ejemplares falsos examen
de portadas u otras características que permitan
distinguir un ejemplar falso de uno original.
28PERITAJES
- b. Examen de cada tipo de obra Los diferentes y
variados tipos de obras, dificulta la obtención
de peritajes técnicos. - Ejemplo No es igual examinar una obra musical
que una obra literaria o una obra plástica.
29PERITAJES
- La ausencia de especialistas en una materia bajo
controversia puede desvirtuar la ausencia de
complejidad en los procedimientos perseguida por
el ADPIC y puede influir negativamente en el
resultado final.
30ROL DE LAS OFICINA DE DERECHO DE AUTOR
Una oficina de DA tiene basicamente funciones de
registro, vigilancia, depósito, inspección y
supervisión, mas las otras asignadas por la ley
como actuar en vía de conciliación y
arbitraje. Para el ejercicio cabal de estas
funciones y una oficina de DA pueda actuar como
un verdadero auxiliar del MP, se debe actuar en
al menos 3 vías 1. Optimizando su labor de
registro y depósito 2. Diseñando programas
preventivos, 3. Actuar como oficina alternativa
para la solución de conflictos
31ROL DE LAS OFICINA DE DERECHO DE AUTOR
4. Optimizando su labor de inspección y
supervisión Para cumplir con este rol se tiene
que contar al menos con 4 departamentos a.
Registro y depósito b. Gestión de Programas c.
Conciliación y arbitraje d. Inspección y
supervisión Los nuevos compromisos
internacionales demandan que las oficinas de DA
tengan una mayor capacidad de acción
32 Muchas gracias!