El modelo de Seguridad Privada en los pases de la Unin Europea - PowerPoint PPT Presentation

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El modelo de Seguridad Privada en los pases de la Unin Europea

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El modelo de Seguridad Privada. en los pa ses de la Uni n Europea ... Europe's strengths are in its guard training and industry coordination. ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: El modelo de Seguridad Privada en los pases de la Unin Europea


1
El modelo de Seguridad Privadaen los países de
la Unión Europea
  • III Seminario Europeo de Seguridad Privada
  • Madrid, 16 de noviembre de 2.005

2
Qué significa Modelo?
  • Arquetipo o punto de referencia para imitarlo o
    reproducirlo
  • Fuente Diccionario de la Lengua Española

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Cómo se valora nuestro modelo? I
  • This model of Federal control plus flexibility
    mirrors the well regarded airline security
    systems in place in many European countries,
    which involve public/private partnerships. Many
    adopted this model of strong government oversight
    over high-quality private security companies
    after finding other models of airline security to
    be less effective

4
President Bush
  • Letter to Speaker of the U.S. House
  • USA Air security legal framework.
  • October 2.001

5
Cómo se valora nuestro modelo?. II
  • Europes strengths are in its guard training
    and industry coordination. Security officer
    reform is a continual process in Europe, and
    nations are working together to determine and
    unify high standards for the private security
    industry across the European Union

6
Report by Public Advocate for the City of New
York. Betsy Gotbaum. February 2005
  • Undertrained, underpaid, and unprepared
  • security officers report deficient safety
    standards in Manhattan office buildings

7
Qué es el modelo europeo de seguridad privada?
  • (I) Perspectiva estrictamente pública
  • Fuente Committee on Citizens Freedoms and
    Rights, Justice and Home Affairs. European
    Parliament. 15 May 2.002

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Informe (1)
  • La función de seguridad históricamente ha sido
    una competencia exclusiva del Estado, que la ha
    ejercido en régimen de monopolio. Sin embargo, el
    desarrollo exponencial de actividades en las
    sociedades contemporáneas ha generado unas nuevas
    necesidades de prestación de servicios de
    vigilancia y seguridad de personas y bienes, que
    son prestadas por personas privadas, físicas o
    jurídicas.

9
Informe (2)
  • Dichas actividades de seguridad prestadas por
    agentes privados, cuyo auge en los últimos años
    ha sido descomunal, han urgido a los Estados a
    reaccionar para integrar funcionalmente la
    seguridad privada en el monopolio de la seguridad
    que corresponde al Estado, ya que aquella es
    considerada como una actividad complementaria y
    subordinada respecto del servicio público de la
    seguridad.

10
Informe (3)
  • Ha sido ésta una realidad insoslayable en todos
    los Estados de la Unión Europea, ante la cual
    éstos han ido adoptando diferentes disposiciones
    legislativas con el objeto de establecer
    controles administrativos sobre el ejercicio de
    estas actividades privadas de seguridad y
    garantizar que la seguridad continúe siendo un
    derecho fundamental de todo ciudadano.

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Perspectiva integradora
  • El modelo europeo de seguridad privada resulta
    de la conjunción de la actuación de muy diversos
    agentes y factores

12
Declaración conjunta de CoESS y Uni-Europa.
Madrid, 2004.
  • Marcos legislativos al nivel nacional
  • Implicación de las instituciones europeas.
  • Diálogo social empresas-agentes sociales
  • Concienciación de las empresas

13
Proyecto SPOT I. Universidad Libre de Bruselas.
2004
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El diálogo social europeo CoESS-Uni-EuropaPrinci
pales cuestiones abordadas
  • Formación profesional
  • Licencias
  • Manual de adjudicación de contratos públicos
  • Modernización de la organización del trabajo
  • Armonización europea
  • Código de conducta

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Ratio vigilante/habitanteFuente Panorama Cuarta
conferencia Seguridad Privada
16
Ratio vigilante/habitanteFuente Panorama Cuarta
conferencia Seguridad Privada
17
Causas de crecimiento del sector de seguridad
privada.Fuente La salud y la seguridad en el
sector de la seguridad privada identificación de
los riesgos. Universidad Libre de Bruselas.
2.003.
  • El proceso de externalización de las actividades
    de vigilancia de las que antes se encargaban
    directamente las empresas
  • El aumento del sentimiento de inseguridad en la
    sociedad en general y, por lo tanto, de la
    demanda de seguridad por parte de las empresas,
    de las instituciones públicas y de los
    particulares
  • La transferencia de las tareas que antes eran
    competencia de los servicios públicos de
    seguridad, y sobre todo,
  • El desarrollo de nuevos segmentos de mercado

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Joint Declaration CoESS-Uni-Europa onEuropean
harmonisation of legislation governing the
private security sectorBrussels, December 2.001
  • 1. Authorisations to practice (workers)
  • Moral and professional aptitudes criminal
    records
  • National requirements similar
  • Mutual recognition of authorisations

19
  • 2. Licences (companies)
  • Precondition observance of commercial, financial,
    social and ethical rules
  • Managers
  • Transparent and fair procedures
  • Mutual recognition
  • 3. Evaluation and supervision by Public
    Authorities
  • Re-evaluation of criteria
  • Minimum standards of evaluation and supervisory
    systems

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  • 4. Professional training
  • Basic training successfully completed
  • 5. Provision of cross-border services
  • Harmonisation without degradation of working
    conditions or existing national standards
  • Health and safety
  • Working conditions

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Modificaciones legales recientes (I)
  • Bélgica (Ley 7 mayo 2004)
  • Estonia (Ley 8 octubre 2003)
  • Finlandia (Ley 282/2002)
  • Francia (Ley 19 marzo 2003)

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Modificaciones legales recientes (II)
  • Irlanda (Ley 5 Mayo 2004)
  • Luxemburgo (Ley 12 Noviembre 2002)
  • Eslovenia (Ley 126/2003)
  • Reino Unido (Ley 2001)

23
Principales líneas de evolución
  • Introducción de sistemas de licencias
  • Consolidación del sistema nuevas funciones,
    nuevos mecanismos de cooperación, mayor control
  • Regímenes legales de nuevos Estados Miembros

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Descripción panorama legislativo europeo
  • Conclusiones Revisión Panorámica de la Industria
    de Seguridad Privada Europea.
  • Análisis comparativo de las legislaciones de
    transporte de fondos en 14 Estados miembros de la
    Unión Europea.

25
Conclusiones Estudio Panorámico (I)
  • Legislación específica gran mayoría.
  • Excepción Alemania, Austria, Rep. Checa y
    Chipre
  • Entrada en vigor de legislación los noventa
  • Italia, Suecia (precursores)
  • Definiciones legales (funciones) gran diversidad
  • Cinco grandes áreas definidas.

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Conclusiones Estudio Panorámico (II)
  • Autoridades nacionales competentes
  • Ministerio del Interior policía Ministerio de
    Justicia
  • Legislación laboral diferencia antiguos-nuevos
    EM
  • Excepción Reino Unido Hungría - Polonia
  • Requisitos de acceso a la profesión
    empresa-individuo práctica totalidad de países

27
Conclusiones Estudio Panorámico (III)
  • Ausencia de antecedentes penales generalizada
  • Uniformes diversidad (opcionales
    obligatorios) control por autoridades en algunos
    casos
  • Tarjetas de identificación (opcionales
    obligatorias)

28
Conclusiones Estudio Panorámico (IV)
  • Edad mínima de acceso en general 18 años
  • Utilización de armas de fuego gran diversidad
  • Obligatorias opcionales - prohibidas
  • Uso de perros normalmente permitidos control
  • Condición de agente de autoridad normalmente no

29
Conclusiones Estudio Panorámico (V)
  • Formación gran diversidad de situaciones
  • Autoridades de control autoridades responsables
  • Régimen sancionador administrativas y/o penales

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Estudio Transporte de Fondos (I)
  • Definición legal específica (40) genérica
  • Utilización de armas de fuego prohibición (45)
    autorización obligatoriedad (55)
  • Condiciones de ejercicio
  • Tiempo de trabajo mayoría
  • Prohibición de trabajo nocturno algunos países
  • Comunicación con la policía

31
Estudio Transporte de Fondos (II)
  • Modo de ejecución
  • - Tradicional / IBNS
  • - Niveles de blindaje variable
  • - Comunicación identificación vehículos
    equipación
  • - Tripulación muy variable
  • - Excepciones a normativa general de
    transportes en pocos casos

32
La perspectiva europea
  • Las libertades fundamentales
  • La estructura de pilares
  • El triángulo institucional

33
1. Las libertades fundamentales
  • Libre circulación de mercancías
  • Libre circulación de personas
  • Libertad de establecimiento
  • Libre circulación de servicios
  • Libre circulación de capitales

34
2. La estructura de los 3 pilares
35
La estructura de los 3 pilares. Fuente Comisión
Europea
36
3. Triángulo institucional
  • Consejo
  • Comisión Parlamento
  • Europea Europeo
  • Tribunal de Justicia

37
Las instituciones europeas y la seguridad privada
  • Comisión
  • 1995 2000 2005
  • Tribunal Tribunal
  • de Justicia de
    Justicia
  • 2002
  • Consejo
  • 2003 2004
  • Comisión
  • Consejo
  • Parlamento

38
Las instituciones europeas y la seguridad privada
(Ia)
  • Comisión Europea
  • Guardián de los Tratados
  • Infracción de los Estados Miembros Libertades
    Fundamentales
  • Primera generación
  • Caso C-114/97 Comisión Reino de España
  • Caso C-355/98 Comisión Reino de Bélgica
  • Caso C-283/99 Comisión República Italiana

39
Caso C-114/97Comisión Europea Reino de España
  • Nacionalidad de empresas
  • Nacionalidad de trabajadores
  • Residencia de directivos

40
Caso C-114/97
  • 36. la actividad de las empresas y del personal
    de seguridad tiene por objeto llevar a cabo
    misiones de vigilancia y de protección sobre la
    base de relaciones jurídico-privadas.
  • 37. Pues bien, el ejercicio de esta actividad no
    implica que las empresas y el personal de
    seguridad estén investidos de poderes
    coercitivos. En efecto, la mera contribución al
    mantenimiento de la seguridad pública, a la que
    puede verse requerido cualquier individuo, no
    constituye ejercicio del poder público.
  • 39. Las empresas y el personal de seguridad
    privada no participan directa y específicamente
    en el ejercicio del poder público.
  • 42. la facultad de los Estados miembros de
    limitar la libre circulación de las personas por
    motivos de orden público, de seguridad pública y
    de salud pública no tiene por objeto dejar
    sectores económicos como el de la seguridad
    privada fuera del ámbito de aplicación de este
    principio

41
Caso C-355/98Comisión Europea Reino de Bélgica
  • Nacionalidad de empresas
  • Obligación de residencia del personal
  • Autorización previa sin tener en cuenta país de
    origen
  • Tarjeta de identificación - formalidades

42
Caso C-283/99Comisión Europea República
Italiana
  • Nacionalidad de empresas
  • Nacionalidad del personal

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Las instituciones europeas y la seguridad privada
(Ib)
  • Comisión Europea
  • Guardián de los Tratados
  • Infracción de los Estados Miembros Libertades
    Fundamentales
  • Segunda generación
  • Caso C-171/02 Comisión República Portuguesa
  • Caso C-189/03 Comisión Reino de los Países
    Bajos
  • Caso C-514/03 Comisión Reino de España
  • Comisión Italia (pendiente)

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Caso C-171/02Comisión Europea República
Portuguesa
  • Establecimiento permanente
  • Constitución como persona jurídica
  • Capital social mínimo
  • Autorización sin tener en cuenta garantías
    previas
  • Certificado profesional sin tener en cuenta
    verificaciones ya realizadas

45
Caso C-189/03Comisión Europea Reino de los
Países Bajos
  • Licencias para empresas que desean prestar
    servicios sin tener en cuenta obligaciones
    cubiertas en otro Estado miembro.
  • Tarjetas de identidad de personal sin tener en
    cuenta requisitos superados en otro Estado
    miembro.

46
Caso C-189/03Comisión Europea Reino de los
Países Bajos
  • 18. By excluding consideration of the
    obligations to which the trans-frontier service
    provider is already subject in the Member State
    in which it is established, it goes in any event
    beyond what is necessary to attain the objectives
    sought, namely to ensure close supervision of
    those activities.

47
Caso C-189/03Comisión Europea Reino de los
Países Bajos
  • 29. It cannot be denied that, the possession of
    such a (identity) card may be an appropriate
    measure for the purpose of strengthening the
    general publics confidence in the staff of
    private security firms.
  • 30. such a requirement is a restriction which
    goes beyond what is necessary to attain the
    stated purpose, in so far as it does not take
    account of the controls or verifications already
    carried out in the Member State of origin which
    certify that competence and professional
    integrity.

48
Caso C-514/03Comisión Europea Reino de
Españapendiente de Sentencia
  • Personalidad jurídica
  • Capital mínimo
  • Fianzas (pagos en otros Estados miembros)
  • Número mínimo de empleados/vehículos (transporte
    de fondos)
  • Autorizaciones de personal sin tener en cuenta
    requisitos ya acreditados en otros EM

49
CasoComisión Europea República
Italianapendiente
  • Autorización previa sin tener en cuenta
    requisitos ya acreditados
  • Límite territorial de autorizaciones (provincias)
  • Obligación de oficinas provinciales
  • Personal de vigilancia y de estructura mínimo
  • Aprobación de tarifas máximas y mínimas

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Las instituciones europeas y la seguridad privada
(II)
  • Propuesta del Reino de España
  • Decisión Consejo Tercer Pilar
  • Recomendación
  • Consejo Tercer Pilar
  • Cooperación entre autoridades nacionales
  • responsables del sector de seguridad privada

Cooperación entre autoridades nacionales responsab
les del sector de seguridad privada
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Las instituciones europeas y la seguridad privada
(III)
  • Normativa en áreas específicas
  • Reglamento 2320/2002/EC reglas comunes seguridad
    aérea - propuesta de reforma
  • Reglamento 725/2004 seguridad portuaria

52
Las instituciones europeas y la seguridad privada
(IV)
  • La propuesta de
  • Directiva Europea de Servicios
  • una amenaza o una oportunidad?

53
Propuesta de la Comisión Europea (COM 2004 02)
  • Artículo 18. Derogaciones temporales al
    principio del país de origen
  • El principio del país de origen no será de
    aplicación al modo en el que los servicios de
    transporte de fondos se ejercitan.
  • Esta derogación no será de aplicación tras la
    fecha de aplicación del instrumento de
    armonización que será propuesto por la Comisión
    Europea o en todo caso, a partir del año 2.010.

54
Parlamento Europeo
  • Todavía no ha introducido modificaciones
  • en relación con
  • el sector de seguridad privada
  • Es la hora del Consejo
  • Estados miembros

Es la hora del Consejo Estados miembros
55
Conclusiones (I)
  • Tenemos un modelo que es apreciado
  • Tenemos una obligación y un interés en difundirlo
  • Nuevos Estados Miembros de la Unión
  • Report SEESAC (South Eastern Europe Clearinghouse
    For the Control of Small Arms and Light Weapons)
    SALW and Private Security Companies in South
    Eastern Europe a cause or effect of insecurity?

56
Conclusiones (II)
  • La armonización europea no puede hacerse en
    menoscabo de aquellos regímenes que han
    conseguido un mayor nivel de desarrollo
  • formación, licencias

57
  • La virtud consiste en un termino medio entre dos
    extremos malos, el uno por exceso y el otro por
    defecto.
  • Aristóteles

58
Debate Casa de los Comunes28 de Marzo de 2.001
  • I am delighted to say that, in the European
    Union, the French and the Germans are no better
    than we are on the issue. Undoubtedly the best
    regulatory systems in Europe are in Scandinavia,
    principally in Sweden, Norway, Finland and
    Denmark. Spain also has an excellent regulatory
    system although it is a little too detailed. I
    really do not think that the design of women's
    tights should necessarily be the responsibility
    of the Interior Ministry and the subject of
    statutory instruments. That is going too far. I
    could willingly send the Minister diagrams of
    those instruments of torture.

59
  • Todos podemos aprender de todos
  • Para lo bueno y para lo malo

60
Conclusiones (III)Perspectiva europea
  • La adaptación a los principios básicos europeos
    (jurisprudencia del Tribunal de Justicia) no sólo
    es necesaria sino positiva
  • Es preciso que las singularidades de nuestro
    sector se tengan adecuadamente en consideración
    en el proceso de discusión de la Directiva
    Europea de Servicios

61
  • Es el momento de influenciar a los ejecutivos
    nacionales en el proceso de discusión de la
    Directiva de Servicios en el Consejo
  • Puede ser el momento de trabajar en un marco
    mínimo europeo que favorezca la creación de un
    mercado único adecuado de prestación de servicios
    de seguridad privada
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